Banco B.I. Creditanstalt Sa

Fecha de disposición13 Marzo 2007
Fecha de publicación13 Marzo 2007
SecciónBalances
Número de Gaceta31114

2.5. BALANCES BANCO B.I. CREDITANSTALT S.A.

Banco B.I. Creditanstalt S.A.

Bouchard 547 Piso 24 Capital Federal Las Notas 1 a 14 y los Anexos A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N y O forman parte integrante de estos estados.

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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL PERIODO ECONOMICO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 (Presentadas en forma comparativa con el ejercicio anterior) (En miles de pesos) 1. SITUACIONES DERIVADAS DE LA CRISIS DEL SISTEMA DE FINES DEL AÑO 2001

  1. Compensación a las entidades financieras por los efectos de la devaluación y conversión a pesos El Decreto 214/2002 dispuso la emisión de un bono con cargo a fondos del Tesoro Nacional para compensar el desequilibrio en el sistema financiero resultante de la aplicación de la devaluación y de la pesificación asimétrica de activos y pasivos.

    En junio de 2002, el Decreto Nº 905/2002 en sus arts. 28 y 29, estableció el mecanismo para el cálculo de la citada compensación otorgando un Bono Compensador para resarcir las pérdidas provocadas por la pesificación asimétrica de activos y pasivos y un Bono Cobertura por el descalce de las posiciones en moneda extranjera luego de la pesificación. Después del proceso de verificación por parte del BCRA, se estableció que el monto final a ser compensado a la Entidad ascendía a V.N. (000) 18.561 en Bonos del Gobierno Nacional en U$S 2012 (Boden 2012), los que fueron recibidos durante el ejercicio 2004. Adicionalmente, para cubrir la posición en moneda extranjera negativa remanente luego de la pesificación, la Entidad solicitó un adelanto al BCRA para suscribir Boden 2012 adicionales por V.N. (000) 92.887 en concepto de Bono de Cobertura.

    Durante el presente ejercicio, la Entidad finalizó el proceso de suscripción de la totalidad de la compensación en concepto de Bono de Cobertura a la que tenía derecho. Al respecto, con fecha 28 de abril y 29 de mayo de 2006, suscribió V.N. (000) 34.195 de Boden 2012 mediante el canje por Préstamos Garantizados del Gobierno Nacional, de acuerdo a lo previsto en el inciso g) del artículo 29 del Decreto 905/02. Asimismo, durante los meses de mayo y junio de 2006, suscribió en efectivo la posición remanente de V.N. (000) 58.692. Cabe mencionar que la Entidad no utilizó adelantos del BCRA para finalizar con el mencionado proceso de suscripción.

  2. Regulaciones monetarias y relaciones técnicas i. A partir del mes de septiembre de 2005, la reducción de la Responsabilidad Patrimonial Computable (RPC) que experimentó la Entidad y las características de las financiaciones oportunamente otorgadas, provocaron excesos no voluntarios a las normas del BCRA en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio. A partir del mes de julio de 2006, el incremento de su RPC le permitió regularizar a la Entidad la mayoría de estos excesos. Asimismo, esta situación generó excesos en la relación de activos inmovilizados, los cuales fueron regularizados mediante la venta de ciertos inmuebles que no se encontraban afectados a su actividad.

    Durante el trimestre finalizado el 31 de diciembre de 2006, la Entidad ha determinado los siguientes datos sobre estas cuestiones:

    Octubre Noviembre Diciembre 2006 2006 2006

    Exigencia de capital mínimo por riesgo de crédito 13.673 13.691 15.281

    Incremento por exceso en fraccionamiento de riesgo 473 1.085 2.247

    Incremento por exceso en activos inmovilizados - - Incremento por exceso en financiaciones a vinculados Integración de capital mínimo 40.887 40.902 40.859 ii. Con fecha 12 de diciembre de 2005 el BCRA emitió la Comunicación A 4455, mediante la cual dispuso que a partir del 1º de enero de 2006 la asistencia mensual al Sector Público no puede superar el 40% del total del activo de la Entidad. El exceso a dicho margen debe ser aplicado en un 100% a la exigencia de capitales mínimos.

    Con fecha 17 de Enero de 2006 la Entidad recibió una nota de la Superintendencia de Entidades Financieras por los excesos registrados a la norma mencionada, principalmente producido como consecuencia de la compensación a recibir del Gobierno Nacional. Al respecto la Entidad contestó dicha nota indicando que debido a la particular situación que estaba atravesando en función de las actuaciones que estaban siendo tratadas por el BCRA relativas a la transferencia accionaria [ver apartado 1. f)] y a las solicitudes para el otorgamiento del Bono de Cobertura [ver apartado 1. a)] y ante la imposibilidad de adoptar medidas hasta tanto estos temas sean resueltos, solicitó ser eximida del cumplimiento de los límites establecidos respecto de las financiaciones al Sector Público no Financiero previsto en las normas vigentes. Asimismo, en dicha nota, la Entidad se comprometió a que una vez aprobadas las actuaciones mencionadas, adoptaría los recaudos necesarios para encuadrarse en la normativa vigente en la materia.

    A partir del mes de junio, con la finalización del proceso de suscripción de la compensación a la que tenía derecho y la cancelación de la deuda con los acreedores del exterior [ver apartado 1.i)], la Entidad se encuentra encuadrada en la normativa vigente.

    iii. Con fecha 7 de marzo de 2003 el BCRA emitió la Comunicación 'A' 3889, mediante la cual dispuso que a partir del 1º de mayo de 2003, el valor absoluto de la posición global neta de moneda extranjera no debe superar el 30% de la responsabilidad patrimonial computable de la Entidad o, en caso de ser positiva, el monto de los recursos propios líquidos, de ambos el menor.

    Dado que a la fecha de emisión de dicha comunicación la Entidad no cumplía con los mencionados limites, y en virtud de lo establecido en el punto 2 de dicha comunicación, presentó el 26 de mayo de 2003 una nota a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA, indicando que debido a la particular estructura de activos y pasivos de la Entidad, que obedece a razones ajenas a su voluntad, solicita ser eximida de los cargos establecidos por la comunicación antes mencionada.

    El BCRA, mediante nota de fecha 5 de septiembre de 2006, ha informado que la solicitud de eximición de la relación técnica mencionada, queda postergada hasta tanto se dé cumplimiento al resto de las medidas propuestas en el marco del Plan de Regularización y Saneamiento [ver apartado 1. c)]. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Entidad se encuentra encuadrada en la mencionada relación.

  3. Plan de regularización y saneamiento para la recomposición de la liquidez Mediante Resolución Nº 29 del 22 de enero de 2002, el Directorio del BCRA requirió a la Entidad la presentación de un Plan de Regularización y Saneamiento, en los términos del artículo 34 de la Ley de Entidades Financieras, que contemple la adopción de las medidas necesarias para recomponer la posición de liquidez de la Entidad y que le permitan alcanzar los niveles necesarios para su operatividad. Entre los considerandos de dicha Resolución, el BCRA hace notar la situación económica general y en particular del sistema financiero argentino.

    El mencionado plan fue presentado al BCRA el 27 de febrero de 2002, y con fecha 15 de abril de 2002, 12 de agosto de 2002, 28 de enero de 2003 y 16 de enero de 2004, la Entidad presentó actualizaciones del referido plan, en razón del impacto que sobre la misma ocasionaron los decretos y normas emitidos por el Gobierno Nacional, lo que originó la necesidad de adecuar los cursos de acción propuestos en su momento.

    Asimismo, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA, mediante Resolución Nº 243 del 4 de julio del 2006, requirió a la Entidad la reformulación del Plan de Regularización y Saneamiento exigido mediante Resolución 29/02, y le comunicó que en tanto dicho Plan no esté cumplido, no podrá:

    · Instalar nuevas filiales en el país y en el exterior, oficinas de representación en el exterior y/o participar en entidades financieras del exterior.

    · Distribuir dividendos y otras retribuciones en efectivo al capital.

    · Efectuar pago alguno a Bank Austria Creditanstalt AG y Bayerische Hypo-und Vereinsbank AG.

    Con fecha 7 de agosto de 2006 la Entidad presentó la reformulación del Plan solicitado que incluye, entre los puntos más importantes:

    · El compromiso de la Entidad de abocarse a tomar únicamente depósitos a plazo fijo superiores a $ 300.

    · Inicio de las gestiones procedentes al cierre de su Sucursal radicada en las Islas Caimán, mediante la liquidación ordenada de sus activos y pasivos y;

    · Redefinición de objetivos, metas y planes estratégicos para los próximos 24 meses, con indicación de las principales líneas de negocios y el perfil de riesgos asociados.

    Posteriormente, y a través de distintos pedidos, el ente rector ha solicitado aclaraciones e información adicional relacionada con el mencionado Plan, la cual ha sido confeccionada y puesta a disposición por parte de la Entidad.

  4. Solicitud de adelantos y redescuentos por iliquidez transitoria al BCRA Ante la abrupta caída de los depósitos del sistema financiero como consecuencia de la crisis de fines del año 2001 la Entidad no resultó ajena a dicha situación. La muy significativa caída de los depósitos fue originada por los retiros de depósitos de los fondos de jubilaciones y pensiones, que se vieron obligados a derivar sus recursos financieros al Estado Nacional como así también por la no renovación de los depósitos de las carteras de fondos comunes de inversión, producto de rescates de cuotapartes.

    Como consecuencia de lo señalado, en adición a la asistencia financiera...

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