BALLESTER COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Fecha de disposición04 Julio 2018
Fecha de publicación04 Julio 2018

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 71

SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO EN EL BOLETIN OFICIAL. El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo Civil Nº 71, Secretaría única, comunica por dos días en autos:"BALLESTER COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. c/PASAM, Alejandro Mario y Otros s/EJECUCION HIPOTECARIA", Exp. 63.212/2001, que el Martillero MIGUEL A. M. SOAJE subastará el 10 de Julio de 2018, a las 11,15 horas en punto, en la Sede de la calle JEAN JAURES 545 de esta Ciudad, el inmueble hipotecado ubicado en San Clemente del Tuyú, partido Municipio Urbano de la Costa, provincia de Buenos Aires, designado en plano 42- 447-75 como lote 9-b de la manzana 299, unidad funcional 1, polígonos 00-01 y 01-01, N. C.: C. IV, S. D, Mz. 299, P. 9-b, subparc. 1, matrícula 2042/1 (antecedente dominial 2402); Sup. Total 74,25m2; que adeuda: Municipalidad de la Costa: $ 50.957,62 al 17/10/17(fs. 883/4), ARBA sin deuda al 15/1/18 (fs. 892), Aguas Arg: fuera del radio servido (fs. 724); OSN sin deuda en concepto de servicios sanitarios al 28/8/07 (fs. 562), y Cooperativa de Provisión y Obras y Servicios Públicos de San Clemente del Tuyú: $ 56.616,01 al 4/10/17 (fs. 840/44). Del informe del martillero surge que la unidad funcional 1 corresponde al primer dúplex de los cuatro existentes en el inmueble, que está compuesto de planta baja y primer piso, el que posee en la planta baja un espacio cubierto para estacionar un vehículo y que sirve de porch cubierto de entrada a un pequeño living y comedor, con cocina y un baño instalado. Por escalera en la planta alta o primer piso, hay un distribuidor que comunica a tres dormitorios dos frente con balcón francés y uno al contrafrente, y a un baño completo. Atrás, un patio cercado con ducha, lavadero y parrilla de material. Todo en regular estado de uso y conservación por falta de mantenimiento y libre de ocupantes. Esta venta se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE $ 500.000.- SEÑA 30%, COMISION 3%, SELLADO DE LEY 0,5%, Y ARANCEL 0,25%, debiendo el comprador constituir domicilio legal dentro del radio del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Art. 579 y concordantes del C.P. Por tratarse de una ejecución...

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