Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 9 de Marzo de 2017, expediente CNT 086200/2016/CA001

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X 86200/2016 BALESTRA, M.G. Y OTROS c/ UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES s/ACCION DECLARATIVA CABA, 09 de marzo de 2017.- SD VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por los actores (fs. 41/46) contra la providencia dictada en primera instancia que desechó la acción declarativa y dispuso el archivo de las actuaciones (fs. 24).

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que los actores en su escrito de demanda articularon acción declarativa e indicaron con suma claridad que peticionaban la senda sumarísima que prevé la ley adjetiva o la que el juez determine (ver fs. 5 vta.). Así lo hicieron de conformidad con lo dispuesto por el art. 498 del CPCCN en tanto que dicha norma dispone que en el juicio sumarísimo “…presentada la demanda, el juez (…) resolverá de oficio y como primera providencia si correspondiese que la controversia se sustancie por esta clase de proceso…”.

    De acuerdo entonces con la mencionada regla procesal, si el juez no entiende viable el trámite de la causa por el proceso sumarísimo deberá resolver su sustanciación por la vía ordinaria.

  2. ) Que no obstante el marco normativo enunciado, la juez que precede bien rechazó el pedido de juicio sumarísimo, aunque desestimó la acción y ordenó su archivo.

    Frente a la presentación recursiva de los actores, este Tribunal entiende que corresponde revocar lo resuelto en grado y sustanciar la causa por el proceso ordinario a poco que se aprecie que la demanda incluye un pedido de inconstitucionalidad respecto de una disposición del convenio colectivo y se plantean además ciertos hechos que hacen razonable y prudencial un juicio de mayor cognición que el previsto por el sumarísimo.

    Pese a la revocatoria aquí contemplada, no resulta admisible -como lo pretende la parte- “…que se ordene el sorteo de un nuevo juzgado que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR