Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 17 de Diciembre de 2019, expediente CIV 067512/2019/CA001

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 67512/2019. BAILLOT, S.A. c/ FONDATI, SEBASTIAN Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN.

C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2019.- RM fs. 101 AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones al Tribunal a raíz del recurso de apelación interpuesto contra el decisorio de fojas 91/92, que rechazó la recusación sin expresión de causa efectuada a fojas 80 apartado XV).

El instituto de la recusación sin causa tiene por finalidad recusar a un J., mas no a diferentes juzgados en una misma oportunidad procesal, puesto que ello atenta contra la figura del juez natural y podría tratarse de un método para direccionar la causa al accionar de un juez determinado.

En la especie, la parte actora a fojas 80, apartado XV, procedió en una misma presentación a recusar sin causa a 14 juzgados del fuero, lo cual sin duda vulnera el espíritu de la norma que permite recusar sin causa al juez de la causa por única vez (arg. arts. 14 y 15 del Código Procesal).

Una vez efectuada la asignación de la causa por sorteo del expediente por el Centro de Cómputos de la Cámara Civil, la parte ya conoce el juzgado que intervendrá en el juicio, por lo que nada impide, que en el escrito de demanda en un “otro si más digo”

proceda a ejercitar su derecho a recusar sin causa al titular del juzgado sorteado.

La recusación sin causa lo es siempre respecto de la persona del juez y no del juzgado o tribunal, pues tiene como destinatario concreto al magistrado, ente físico titular del órgano jurisdiccional (conf. C.. Sala E, c. 436.198 del 1-9-2005, A., “Tratado de Derecho Procesal Civil...”, 2a. edición, vol. II, pág.290; Fecha de firma: 17/12/2019 Alta en sistema: 18/12/2019 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #34088672#252272609#20191211130640613 Highton - Areán; “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...”; t. 1, pág. 412 y sus citas; C.-.K.; “Código Procesal...

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