Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 15 de Marzo de 2017, expediente CSS 029412/2016/CA001

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 Expte. Nº: 29412/2016 Sentencia Definitiva En la ciudad autónoma de Buenos Aires, , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos: “BAEZ, M.A. c/ AFIP s/RECURSO DE QUEJA POR RECURSO ADMINISTRATIVO DENEGADO” , se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA NORA CARMEN DORADO DIJO:

Llegan las actuaciones a sentencia, con motivo del recurso de queja interpuesto por la parte actora.

Corrida que fuera vista de los actuados al Ministerio Público, el mismo se expide mediante dictamen obrante a fs. 86, considerando inatendibles los argumentos expresados por la actora. Así las cosas, adelanto mi opinión en sentido similar a lo dictaminado por el Ministerio Público, al que me remito en honor a la brevedad, toda vez que el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en sede administrativa, fue considerado extemporáneo por el organismo fiscal, considerando para su tratamiento como “denuncia de ilegitimidad”, la que por su naturaleza, resulta irrecurrible en sede judicial, de conformidad al criterio sentado por el Alto Tribunal de la Nación, en la causa “Gorordo Allaria de Kralk, H.”. A su vez, respecto de la impugnación efectuada por el recurrente, en torno a la supuesta temporaneidad del recurso de apelación interpuesto, cabe considerar que la suspensión del plazo administrativo, implica que el plazo deja de operar pero vuelve a continuar a partir del cese de la suspensión. La vista concedida por el organismo fiscal, suspendió el plazo, pero es evidente que el mismo vuelve a correr, a partir del momento en que el peticionante se notifica...

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