Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 24 de Junio de 2016, expediente CNT 031393/2011/CA001

Fecha de Resolución24 de Junio de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII Causa N°: 31393/2011 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 49187 CAUSA Nº 31.393/2011 - SALA VII - JUZGADO Nº 8 En la ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de junio de 2016, para dictar sentencia en los autos : “BAES PABLO EZEQUIEL C/ ELEKTRA DE ARGENTINA S.A. Y OTRO S/

DESPIDO ”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta el actor e inicia demanda contra ELEKTRA DE ARGENTINA S.A. y contra PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor.-

    Señala que la demandada ELEKTRA es una sociedad comercial que se dedica a la venta de electrodomésticos y artículos para el hogar y al otorgamiento de préstamos personales para la compra de dichos electrodomésticos y su financiación, explotando una amplia cadena de comercios en distintas localidades del Gran Buenos Aires.-

    Dice que comenzó a trabajar bajo sus órdenes el 01-02-2008 realizando tareas como gerente de crédito en las condiciones y con las características que detalla.-

    Afirma que con fecha 09-04-2011, cuando se desplazaba de una tienda a otra en su moto, sufre un accidente al intentar esquivar un perro, saliendo despedido de la moto cayendo al suelo y golpeando con todo su cuerpo en el piso.-

    Da cuenta de los tratamientos médicos recibidos y sostiene que en la actualidad se encuentra incapacitado, por lo que pretende el cobro de las prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, aunque plantea la inconstitucionalidad de algunas de sus normas.-

    Aduce que luego del alta médica, cuando se presentó a retomar tareas estas le son negadas, por lo que practica las intimaciones que transcribe y dice que finalmente se colocó en situación de despido indirecto.-

    Reclama entonces las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    En sus respondes ambas demandadas, cada una desde su óptica, desconocen los extremos invocados por el actor, relatan su versión de los hechos y piden, en definitiva, el rechazo de la demanda.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 319/320.-

    En ella la “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones del actor pero únicamente en el reclamo relativo...

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