Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 3 de Octubre de 2019, expediente FMP 025152/2016/CA001

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA BABIJ, ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES; 25152/2016 SR ///del plata, AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo de los recursos de apelación deducidos por ambas partes en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que la Sra. B.A. adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, teniendo como fecha de adquisición del derecho el día 12/07/2014.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar la redeterminación del haber inicial y el índice de actualización aplicado, solicitando la aplicación del R.I.P.T.E, de conformidad con las disposiciones de la ley 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica para J. y Pensionados). Asimismo cuestiona la aplicación de los antecedentes “V.” y “M.” respecto de los aportes autónomos y la omisión del A Quo de expedirse concretamente sobre la prescripción prevista en el art. 82 de la ley 18.037 vigente según el art. 168 de la Ley 24.241.-

Por su parte, los agravios de la actora están orientados a rebatir el rechazo del recalculo de la PBU y la actualización solo de los aportes autónomos anteriores a la vigencia de la ley 24.241.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “DIYARIAN, A.S. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES” 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041051750/2011/CA001 Fecha: 29/06/2018, entre otros, que remite a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en:

V., L.M. s/ Jubilación", Fecha 28/03/85.

, “M., Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463, Fecha 20/05/2003. (M. 427. XXXVI R.O.), “Elliff” (Fallos:

332:1914) y “Q.C.A.C. S/REAJUSTES VARIOS”, Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

En relación al planteo de la recurrente respecto a la aplicación del índice Fecha de firma: 03/10/2019 Alta en sistema: 15/10/2019 R.I.P.T.E de conformidad con las disposiciones de la ley 27.260 (Programa Nacional de Firmado por: DR. E.P.J., Juez de Cámara Firmado por: DR. A.O.T., Juez de Cámara #29157842#242323961#20190823103002188 Reparación Histórica para J. y Pensionados), hemos de advertir, que de las...

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