Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala E, 8 de Agosto de 2019, expediente CIV 033407/2015/CA001

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil - Sala E

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E E

X. 33407/15 “B., S. G. C/ Z.M., C. A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (J. 68).

Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 8 días del mes de agosto de dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “E”, para conocer en el recurso interpuesto en los autos caratulados: “B., S. G. C/ Z.M., C. A. Y OTRO S/

DAÑOS Y PERJUICIOS”, respecto de la sentencia corriente a fs. 271/287, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: Señores Jueces de Cámara Doctores DUPUIS. GALMARIN

I. RACIMO.

El Señor Juez de Cámara Doctor DUPUIS dijo:

I.S.G.B. demandó a C.A.Z.M. la reparación de los daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito ocurrido el 3 de octubre de 2014 en esta Ciudad.

Solicitó la citación en garantía de Aseguradora Total Motovehicular S.A.

Relata que, aproximadamente a las 10:30 horas, caminaba por la vereda sur de la calle Nogoyá –de doble mano de circulación-, desde H. hacia A.. Al ver que se encuentra detenido el tránsito por el semáforo ubicado en la avenida Nazca emprende el cruce de la citada calle, y momentos antes de finalizarla es embestida en su lado izquierdo por una motocicleta marca Honda CB1, dominio 160-YNM conducida por el demandado. Refirió que el Sr. Z.M. circulaba por la calle Nogoyá de contramano a gran velocidad por el carril que dirige el tránsito desde A. hacia H..

El Sr. Juez de primera instancia estableció responsabilidad concurrente.

Atribuyó a la actora un 60%, y el restante 40% en cabeza del demandado. Acogió

parcialmente la demanda en base a ese porcentual de responsabilidad, condenando al emplazado a abonar a S.G.B. suma de $182.400, con más los intereses y costas allí

determinados. Hizo extensiva la condena a la aseguradora citada en garantía.

Fecha de firma: 08/08/2019 Alta en sistema: 15/08/2019 Firmado por: J.C.G.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA #27045954#240986374#20190808103826721 El pronunciamiento fue apelado por la actora, el demandado y la citada en garantía. El recurso interpuesto a fs. 291 por el demando fue declarado desierto a fs. 316.

La parte actora fundó su apelación a fs. 299/301 y la aseguradora lo hizo a fs. 303/307.

Los memoriales fueron respondidos a fs...

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