Sentencia de SALA 1, 17 de Marzo de 2016, expediente CFP 004237/2007/CA001

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2016
EmisorSALA 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 4237/2007/CA1 CCCF - Sala I CFP 4237/2007/CA1 “B., R.F.

s/sobreseimiento”.

Juzgado N° 4 - Secretaría n° 8.

Buenos Aires, 17 de marzo de 2016.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. Fiscal, Dr. F.D., interpone recurso de apelación a fs. 759/760 contra la decisión de fs. 751/757 que resolvió decretar el sobreseimiento de R.F.B..

    A fs. 767/768 el F. General ante esta Cámara, Dr. D.V., presentó el informe previsto por el art. 454 del código de forma en el que solicitó que se revoque la decisión impugnada y en consonancia con lo peticionado por el F. de primera instancia, entendió que restan medidas de prueba que podrían esclarecer el suceso investigado. Considera que las probanzas sugeridas por el Dr. D. lucen acertadas y que la encuesta no se encuentra completa ni se puede considerar que el encartado está

    exento de responsabilidad en los hechos denunciados.

  2. Las presentes actuaciones se inician en virtud de la denuncia de A.M.C., quien le endilga a R.F.B. haber usurpado su identidad en seis oportunidades. Puntualmente, señala que se presentó

    ante el Anses y al inscribirlo como empleador le generó una deuda por aportes como tal. Asimismo, en la Seccional 54 de la Afip cita en la calle Entre Ríos 29XX, San Justo, P.. de Buenos Aires registró

    datos incorrectos acerca de la persona del denunciante y obtuvo una cuenta corriente en el Banco Credicop de Lomas del M., librando así cheques sin fondos.

    Fecha de firma: 17/03/2016 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., PROSECRETARIA DE CAMARA #438451#149452082#20160317151056478 Por otro lado, indicó que adquirió un abonado telefónico en la empresa Telefónica de Argentina, nro. 4652-1xxx, generándole una deuda de mil doscientos pesos. También dice que constituyó con su nombre la empresa Científica CA-DI-R Sociedad en Comandita Simple con la que adquirió una farmacia y le habría hecho insertar al escribano M. la identidad del denunciante en el contrato de constitución de empresa y posterior compraventa.

  3. El juez, tras una extensa investigación, archivó las actuaciones y sobreseyó al encartado, en virtud del descargo realizado y el resultado del peritaje caligráfico, que no permitió demostrar su intervención en la suscripción de los formularios destinados a acceder a los...

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