Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 9 de Mayo de 2022, expediente CIV 093958/2021/CA001
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala J |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J
93958/2021
E, B. N. c/ M,
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A. s/IMPUGNACION/NULIDAD DE
TESTAMENTO
CERTIFICO que de la compulsa del Sistema de Gestión Integral de causas “Lex 100” se desprende que en los autos conexos a los presentes, caratulados “F, M.s.. 250 C.P.C. - INCIDENTE
CIVIL” (Expte. n° 95.314/19/2), también en trámite ante el juzgado del fuero N° 104, ha tenido intervención la Sala “M” de esta Excma.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Buenos Aires, de mayo de 2022.- JC
Fecha de firma: 09/05/2022
Alta en sistema: 10/05/2022
Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.P.E., PROSECRETARIO DE CAMARA
Buenos Aires, 9 de mayo de 2022. JC/APE
Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Que el artículo 35 del Reglamento para la Justicia Nacional en lo Civil dispone que “Cuando una Sala hubiere intervenido en una causa, ésta quedará definitivamente radicada en ella para todas las cuestiones que se susciten en lo sucesivo y deberá conocer igualmente en el expediente principal, sus incidentes en los trámites de ejecución de sentencia y en las tercerías relacionadas con aquél. A la misma Sala también le corresponderá conocer en las causas conexas e íntimamente vinculadas”.
Asimismo, el art.4 del Anexo n°1 del R.J.N.C. establece que la prevención de una Sala en un proceso tiene como consecuencia no sólo la radicación definitiva del principal y de sus incidentes para todas las cuestiones que se susciten en lo sucesivo sino que también deberá conocer en las causas conexas o íntimamente vinculadas que se eleven con posterioridad a la Cámara.
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A tenor de lo que resulta de la certificación precedente y en orden a lo determinado por Reglamento para la Justicia en lo Civil,
que consagra el principio de prevención en materia de adjudicación de causas en las Salas de la Cámara de Apelaciones del Fuero,
entendemos que se encuentra configurada la conexidad que impide la intervención de esta Sala en el presente proceso y justifica apartarse de las reglas relativas a la...
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