Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 8 de Marzo de 2022, expediente COM 010246/2021/CA001

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 10246 / 2021

B.L.G. COOPERATIVA DE CREDITO CONSUMO Y VIVIENDA LTDA. c/

FARIAS, NATALIA MICAELA s/EJECUTIVO

Buenos Aires, 08 de marzo de 2022.-

Y VISTOS:

  1. ) Apeló la demandada el decreto dictado el 13.10.2021, en cuanto rechazó el pedido de levantamiento del embargo oportunamente trabado sobre sus haberes.

    Para adoptar esta solución, el juez a quo ponderó que la suspensión de la presente ejecución oportunamente dispuesta hasta que se encuentre resuelta la causa que fuera deducida por la accionante con fundamento en haberse completado el pagaré

    ejecutado en forma abusiva, no tiene ninguna incidencia en la medida cautelar de embargo dictada en el marco del presente litigio.

    Los fundamentos del recurso fueron desarrollados en fd. 39/40, siendo contestado por la ejecutante a fd. 42/43.

  2. ) Del examen de las constancias digitales de estos obrados resulta que:

    i) BLG. Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Limitada inició,

    con fecha 01.07.2021, la presente ejecución por la suma de $ 361.000, con más sus intereses y las costas del proceso, con origen en la falta de pago del pagaré copiado en fd. 4, librado por N.M.F., con vencimiento a la vista, que fuera presentado al cobro con fecha 18.06.2021.

    P. también la ejecutante el embargo de haberes de la demandada,

    solicitando el libramiento del correspondiente oficio al empleador denunciado, lo que fue admitido el 08.07.2021

    Fecha de firma: 08/03/2022

    Alta en sistema: 09/03/2022

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: V.C.P., Prosecretaria de Cámara Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA

    ii) Con fecha 23.09.2021, la demandada opuso excepción de inhabilidad de título en los términos del art. 544, inc. 4, CPCCN, con fundamento en que el cartular base de la ejecución había sido completado por la ejecutante de modo abusivo. Indicó

    que en virtud de ello, efectuó la correspondiente denuncia penal, la que quedó radicada por ante el Juzgado Criminal y Correccional N° 45, con intervención de la Fiscalía N°

    22 (causa n° 35291/2021).

    iii) Con fecha 05.10.2021, el juez de grado, luego de precisar que el título base de la ejecución se encontraba cuestionado en sede penal, resolvió suspender en trámite de las presentes actuaciones hasta tanto sea dirimida la causa tramitada ante dicho fuero.

    iv) Con base en tal solución, la ejecutada, en la presentación digital de fecha 07.10.2021, solicitó la suspensión del embargo de sus haberes oportunamente dispuesto, en el entendimiento de que el requisito sustancial para la...

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