Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA I, 8 de Octubre de 2015, expediente CIV 031865/2014/CA001

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I B.,

I.G. c/ L., L. Y OTRO s/CONSIGNACION DE ALQUILERES Buenos Aires, 8 de octubre de 2015.- SB Autos y Vistos:

Para conocer en el recurso de apelación interpuesto a fs.117 contra la regulación de honorarios practicada a fs.115, cabe ponderar las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión, la naturaleza del asunto, el monto comprometido en la consignación, la etapa cumplida, el resultado obtenido y las demás pautas establecidas en los arts.1, 6, 7, 33, 37, 38 y concordantes de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432. Y teniendo ello en cuenta, los honorarios regulados a la letrada patrocinante de la parte demandada Dra. L.M.B. no resultan elevados, por lo que se los confirma.

R., notifíquese y oportunamente devuélvase.

Se hace...

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