Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 19 de Octubre de 2021

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2021
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita863/21
Número de CUIJ21 - 513068 - 6

T. 312 PS. 175/178

Santa Fe, 19 de octubre del año 2021.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Fiscal del Ministerio Público de la Acusación de Reconquista contra la resolución 436 del 23.12.2019, dictada por el J. del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial, doctor R., en autos "B., O.F. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'B., O.F. S/ ABUSO SEXUAL - M.S.R.D. S/ ENCUBRIMIENTO' - (CUIJ 21-08076403-8)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00513068-6); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por decisión 436 del 23.12.2019, el J. del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial, doctor R., confirmó el resolutorio dictado en el marco de la audiencia imputativa, por el cual -a su turno y en cuanto aquí es de interés- se había dispuesto declarar la legalidad de la detención de la señora M.S.R.D. y ordenar su inmediata libertad (fs. 3/7v.).

  2. Contra dicho pronunciamiento, el representante del Ministerio Público de la Acusación de la Cuarta Circunscripción Judicial interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 8/20v.).

    Relata que luego de realizarse la audiencia imputativa a la señora R.D. -ocasión en la que se le atribuyeron tres hechos de encubrimiento agravado- el J. a cargo de la Investigación Penal Preparatoria, haciendo lugar al planteo de la Defensa que sostuvo la configuración en la especie de una excusa absolutoria (art. 277 inc. 4, C.P.), ordenó la inmediata libertad de la justiciable; decisorio que -tras ser apelado por su parte- resultó confirmado en la Alzada.

    Expresa que lo resuelto por el A quo reviste carácter de definitivo y causa un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior ya que confirma una decisión en la que el Magistrado de grado al expedirse sobre el planteo defensivo adelantó su parecer, interfiriendo en la persecución penal a cargo del Ministerio Público de la Acusación. Agrega que ello afecta principios rectores del sistema penal acusatorio y vulnera las garantías de defensa en juicio, debido proceso y acceso a la jurisdicción.

    A continuación, acusa que lo decidido resulta arbitrario toda vez que -dice- se aparta de las constancias de la causa y del derecho aplicable, careciendo de motivación y fundamentación suficiente.

    Al respecto, sostiene que el Juzgador no ha dado tratamiento exhaustivo a sus agravios apelatorios, particularmente al referido a la ausencia de motivación suficiente del...

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