Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 31 de Agosto de 2017, expediente CFP 000506/2016/13/CA004

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 506/2016/13/CA4 CCCF - Sala II CFP 506/2016/13/CA4 “B., F.D. s/ devolución de automotor”.

Juzgado 12 Secretaría 24.

Buenos Aires, 31 de agosto de 2017.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la Defensa contra el auto que no hizo lugar a la devolución a su titular del automóvil Ford Fiesta LX dominio C. (fs. 9/11).

Ahora bien, teniendo en consideración las características de los eventos y puntualmente los hechos asignados al imputado, que no existe controversia acerca de la titularidad y no habiéndose señalado la necesidad de realizar medida de prueba alguna con relación al rodado, este Tribunal no comparte la necesidad de mantenerlo secuestrado en tanto ello puede afectar su conservación y valor, resultando suficiente en este caso para resguardar los fines a que alude el instructor, que la devolución que se propicia lo sea bajo el carácter de depositario judicial -lo que conlleva la imposibilidad de venta- (ver de esta Sala CFP 15966/2016/1/CA2, “C.R., F. s/entrega de automotor” del 2 de agosto de este año, registro n° 43518, número interno 39619 y sus citas), debiendo darse aviso a la oficina del Registro de la Propiedad del Automotor...

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