Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 7 de Noviembre de 2017, expediente CIV 032652/2009/CA003

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 32652/2009.- B.D.C.N.J. s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Buenos Aires, de noviembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibido.

  2. El juicio de determinación de la capacidad carece, en sentido estricto de contenido económico que haga necesario determinar con exactitud valores sobre los cuales deba aplicarse una escala. Ello es así, por cuanto tiende a resguardar la salud física y psíquica de la persona de la que se trata, además de la integridad patrimonial. Pero tal carencia no impide considerar la naturaleza e importancia de los bienes, como referencia o pauta orientadora para establecer una justa retribución de la tarea cumplida por los profesionales intervinientes (cf. C.N.Civ., esta S., H. 112.826 del 26/6/92, H. 477.467 del 3/4/07, H. 525.842 del 12/3/09, entre otros).-

    En este sentido se ha sostenido que la referencia al diez por ciento de los bienes que trae el art. 634 del Código Procesal, es un tope máximo para determinar los gastos y honorarios a cargo de la persona interesada y no un criterio para fijar todas las regulaciones de modo que sumen ese porcentaje. En consecuencia, no es necesaria la determinación exacta de su patrimonio, pues los trabajos no deben retribuirse con sujeción a la escala del art. 7° de la ley 21.839, siendo de aplicación el art. 6°, aun cuando deba tomarse en cuenta la situación económica de quien debe pagar. Aun así, ello no impide considerar la importancia de los bienes del incapaz para establecer la justa retribución de los profesionales actuantes (cf. C.N.Civ., sala E, R. 597.135 “T, N.R. s/ insania”, del 26/3/12 y sus citas).

    Bajo tales premisas, en atención a la calidad y mérito de la labor profesional desarrollada por el curador provisorio, el tiempo transcurrido desde su designación hasta la aceptación del cargo del Fecha de firma: 07/11/2017 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #13413321#192778706#20171107112549039 curador definitivo (que no alcanzó a...

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