Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 23 de Febrero de 2023, expediente CIV 078212/2003/CA002

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2023
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J

78212/2003

B, A. D. Y OTRO c/ CONSORCIO DE COPROP.BULNES 261/3/5/

Y OTRO s/DILIGENCIAS PRELIMINARES

Buenos Aires, 23 de febrero de 2023.- IAG

AUTOS Y VISTOS:

  1. Vienen las actuaciones a esta Alzada a los fines de resolver el recurso de apelación contra la resolución de fecha 28/10/2022.

    Interpone recurso el Dr. J.

    1. T, apoderado de los herederos del perito M. D. por considerar reducidos los honorarios fijados a este último (30/10/2022).

  2. A los fines de apreciar la regulación pertinente, se tendrán en cuenta las tareas desarrolladas por los profesionales intervinientes, valoradas conforme las pautas contenidas en el artículo 16 de la ley 27.423, las que permitirán un examen razonable a los fines de determinar la retribución de los profesionales intervinientes por la promoción del presente, ponderando el motivo, extensión,

    complejidad y calidad jurídica de la labor desarrollada, como así

    también lo dispuesto por los arts. 1, 3, 13, 16, 19, 21, 51 de la ley referida.

  3. En consecuencia, por resultar reducidos, se elevan los honorarios del perito M. D. a la cantidad de 34,68 UMA equivalente a la suma de pesos trescientos sesenta mil seiscientos setenta y dos ($360.672).

  4. Regístrese, notifíquese por Secretaría y devuélvanse los autos al Juzgado de origen.

    Fecha de firma: 23/02/2023

    Alta en sistema: 24/02/2023

    Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.C., JUEZ DE CAMARA

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