Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 23 de Febrero de 2021, expediente FLP 092475/2017/CA001

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

La Plata, 23 de febrero de 2021

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP

92475/2017/CA1, S.I., “AZZURRO, FRANCISCO c/ ANSES

s/ EJECUCION DE SENTENCIA”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº4 de esta ciudad,

Secretaría de Seguridad Social;

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La decisión recurrida y el recurso.

    1. Llegan las actuaciones a esta alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ANSeS

      el 01/09/2020 contra la resolución dictada el 24/08/2020, por la cual el a quo resolvió aprobar en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada por el perito contador, que asciende a la suma total de $474.497,88.- en concepto de capital e intereses y un haber reajustado de $36.815,40.- (cfr. aclaratoria del 15/09/2020), calculados al 31/12/2019.

    2. Los agravios de la demandada se dirigen a señalar que, durante todo el período calculado, el perito contador consideró erróneamente como percibidos haberes históricos inferiores a los efectivamente abonados por la ANSeS por los conceptos “haber mensual”,

      suplemento por movilidad

      y “CAPRECOM”.

    3. La parte actora contestó los agravios el 18/09/2020.

  2. Consideración de los agravios.

    1. Examinadas las constancias de la causa, la liquidación aprobada (ver Anexo II) revela que los haberes brutos consignados por el perito contador en la columna “Importe Cobrado” resultan inferiores a los haberes brutos que surgen del detalle de haberes históricos percibidos por el actor desde el mensual julio/06 a agosto/19, acompañado por la ANSeS con la presentación incorporada al sistema Lex100 el 03/09/2019. Ello así aun sin incluir en el cómputo el Fecha de firma: 23/02/2021

      Firmado por: P.M.L., Secretario federal Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA

      Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

      concepto “CAPRECOM” (código nº 012351) a los fines del cálculo retroactivo como lo pretende el organismo toda vez que ello excede los términos de la sentencia a ejecutar.

    2. En tales condiciones, corresponde dejar sin efecto la resolución apelada en cuanto...

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