Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, 5 de Abril de 2013, expediente 67.952

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2013

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 67.952 – S.. 1

Bahía Blanca, 5 de abril de 2013.

Y VISTOS: Este expediente nro. 67.952, caratulado: “AYALA,

J.A. y otros c/ ESTADO NACIONAL – ARMADA ARGEN-

TINA – DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE DEFENSA s/ Dife-

rencia Salarial” s/ rec. de queja por apel. deneg. (en c. nro 39.713 – JF 2, S.. 4) puesto al acuerdo para resolver el recurso deducido a fs. 21/22 v; y CONSIDERANDO:

1ro.) Que la jueza de grado rechazó la apelación interpuesta por el Dr. L.G.B. –co-apoderado de la parte actora– en subsidio de la reposición –también rechazada– por no causar el auto recurrido1 gravamen irreparable (fs. 20).

Contra dicho pronunciamiento ambos letrados USO OFICIAL

recurrieron en queja ante esta alzada, centrando sus críticas en el carácter renunciable del derecho del abogado de perseguir el cobro de los emolumentos a sus clientes en los términos del art. 49, ley 21.839 (fs. 21/22 v.).

2do.) Que la providencia denegatoria de la apela-

ción causa gravamen irreparable, por imponer al letrado el segui-

miento de un trámite burocrático ajeno a la finalidad del art. 62 de la ley arancel, lo cual no puede ser enmendado en otra oportuni-

dad.

De ahí, la admisibilidad de la apelación.

Por lo demás nada obsta a resolver sobre la fun-

dabilidad de esta última, por no ser necesaria otra sustanciación y obvias razones de economía procesal.

A este respecto es doctrina de la CSJN que la norma contenida en el art. 62 de la ley 21.839 “tiende a evitar la indefen-

sión de la parte, que podría producirse si se confiriera validez a la notificación cursada en el domicilio constituido, ya que normalmente éste es el domicilio del letrado con el que tiene intereses encontrados”2.

1 Que declaró improcedente el desistimiento de los Dres. R.O.D. y L.G.B. -apoderados de la parte actora- de reclamar el cobro de los honorarios a sus clientes y consecuentemente de cursar las notificaciones correspondientes en los términos del art. 62...

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