Aviso Oficial . SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL DEL PERSONAL JERÁRQUICO PROFESIONAL Y TÉCNICO DE LA ACTIVIDAD MINERA ARGENTINA, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 87\/13.

Fecha de disposición02 Febrero 2016
Fecha de publicación02 Febrero 2016
SecciónAsociaciones Sindicales

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL DEL PERSONAL JERÁRQUICO PROFESIONAL Y TÉCNICO DE LA ACTIVIDAD MINERA ARGENTINA, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 87/13.

ARTICULO 1°

Denominase "Asociación Sindical del Personal Jerárquico, profesional y técnico de la Actividad Minera Argentina".

A la Asociación Profesional de trabajadores de primer grado, que encuadra al Personal Jerárquico, profesional y técnico que se desempeñe en las Empresas dedicadas a la Exploración, Explotación, Prospección y cualquier actividad que tenga por objeto todo tipo de mineral, sean metalíferos, ornamentales industriales y en general, a los que trabajen en todo el ámbito de la actividad Minera, en todo el territorio de la República Argentina.

ARTÍCULO 2°

La jurisdicción y zona de actuación de la Asociación Sindical del Personal Jerárquico, Profesional y Técnico de la Actividad Minera Argentina, comprende todo el ámbito del territorio de la República Argentina.

ARTICULO 4°

El objeto de La Asociación Sindical del Personal Jerárquico, Profesional y Técnico de la Actividad Minera Argentina es el siguiente:

  1. Reunir en su seno a todos los trabajadores del Personal Jerárquico, profesional y técnico de la actividad Minera Argentina.

  2. Defender los intereses profesionales de los trabajadores, velando por el cumplimiento de las leyes, escalafón, y disposiciones laborales vigentes.

  3. Estudiar, planear y ejecutar la adopción de medidas legítimas de carácter general tendiente a salvaguardar las condiciones laborales y sociales de sus asociados.

  4. Representar a los trabajadores respecto a diferendos y conflictos de carácter individual y/o colectivo entre empleadores y asociaciones de empleadores, poderes públicos del Estado, autárquicos y/o administración de Justicia.

  5. Organizar y fomentar la práctica de actividades destinadas a proporcionar beneficios de carácter social y cultural a sus afiliados.

  6. Organizar la práctica del deporte y toda actividad que tienda a fomentar la armonía y la participación en el gremio.

  7. Cumplir con todos los demás objetivos no mencionados estatuariamente que asignen a las Asociaciones Sindicales de Trabajadores, la legislación vigente.

ARTICULO 14°

Son órganos de dirección, administración y control del Sindicato:

  1. Comisión Directiva.

  2. Comisión Revisadora de Cuentas.

  3. Las Asambleas Generales.

ARTICULO 15°

El Sindicato será...

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