Aviso Oficial Notif.A Casa Cristiania Sa

Fecha de la disposición16 de Febrero de 2007

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Maximiliano Ezequiel CARDOZO, la Resolución CNC N° 1308/06, dictada en el Expte. N° 3095/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1°

Comisar un Handy marca YAESU, modelo FT-411E, número de serie ilegible, sin antena ni pack, propiedad del Sr. Maximiliano Ezequiel CARDOZO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley N° 33.310/44, ratificado por Ley N° 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N° 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. N° 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. -- Ing.

CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 15/2 N° 537.678 v. 19/2/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Aldo MICIULEVICIUS, la Resolución CNT N° 1632/95, dictada en el Expte. N° 9172/94, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

ARTICULO 1°

Comisar un transceptor marca ICOM, modelo IC 229H, número de serie 24042, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Aldo MICIULEVICIUS, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley N° 33.310/44, ratificado por Ley N° 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.

Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N° 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. N° 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. -- Ing.

CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 15/2 N° 537.680 v. 19/2/2007 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Fabricio Guillermo CAMPAGNOLI, la Resolución CNC...

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