Aviso Oficial Se Cita a la Firma Kingtex Sa

Fecha de disposición17 Abril 2007
Fecha de publicación17 Abril 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31136

HORACIO CESAR VILLAR, Jefe de la Div. Sec. Act. Nº 4 del Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

Asimismo se hace saber, con relación al importe de los tributos reclamados, que en los casos que dicha suma sea una obligación contraída con anterioridad a la sanción de la ley 25.561/02, le será de aplicación lo dispuesto por el art. y del Decreto 214/02, por lo que se ajustará dicha suma mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia (C.E.R.), para el caso de no efectuarse el pago del importe reclamado en el plazo allí establecido, ello al momento del efectivo pago.

Expediente Imputado / C.U.I.T. Infracción Multa Pesos Tributos Código Pesos Aduanero 604.092/2002 KYE BYUNG DUK - CUIT 20- Art. 968 $ 15,81

INTIMESE por edictos, a la encartada de marras para que en el plazo de 5 (cinco) días presente toda la documentación que posea, relacionada con expediente 601.498/1998 (PAAA 207/94), como así también las copias de los escritos presentados en los autos de referencia, ante esta Secretaría de Actuación que conservare en su poder y las piezas procesales que hubiese recibido en ocasión de su respectiva notificación. Fdo.: MARCELO MIGNONE, Abogado, Jefe (Int.) Depto. Procedimientos Legales Aduaneros'.

e. 17/4 Nº 542.817 v. 17/4/2007 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS CODIGO ADUANERO (LEY 22.415, art. 1013 inc. 'h' y 1101) Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se les imputa, cuyos expedientes tramitan en la Sec. Nº 4 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Hipólito Yrigoyen 460 1º Piso Cap. Fed., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima, y el abandono de la mercadería en cuestión (en caso de corresponder) a favor del Estado Nacional con entrega de ésta en Zona Primaria Aduanera, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (arts. 930, 931 y 932 del C.A.). Asimismo se indica el importe de los tributos debidos, en los términos del art. 794 del Código Aduanero. Fdo.: JOSE A.

CASTRO, abogado, Firma Responsable (Int.) Div. Secretaría de Actuación Nº 4.

Expediente Imputado / C.U.I.T. Infracción Se intima a Código Aduanero 12039-3351-2005 CARLOS KLOSTER art. 966 Efectuar abandono a favor del Estado de la (604.782/2002) (CUIT 20-11356938-8) RETROEXCAVADORA HYDROMAC, MOD.

H270, adquirida a la firma TRANSPORTES CESAR OBRAS VIALES Y CIVILES S.R.L.

mediante Factura Nº 0000-00001178 de fecha 31/03/1998 e. 17/4 Nº 542.841 v. 17/4/2007 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS LEY 22.415 Art. 1013 Inc. H Por ignorarse el domicilio, se cita a la firma importadora que más abajo se menciona para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se les imputa, cuyo expediente tramitan en la Sec. Nº 4- Hipólito Yrigoyen 460 1º Piso Cap. Fed., bajo apercibimiento de REBELDIA. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001

C.A. bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo arriba señalado producirá la extinción de la acción penal aduanera y la NO REGISTRACION DEL ANTECEDENTE (arts. 930/932). Fdo.: Dr. MARCELO MIGNONE,

Jefe (Int.) Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

Expte. Imputado Infracción Multa - Pesos Tributos Pesos Cód. Aduanero TECNOMACCHINA SRL 968 52,42.- ***************** 604759-2002 CUIT 30-68915566-5) e. 17/4 Nº 542.842 v. 17/4/2007 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS EDICTO Nº 48

LEY 22.415 Art. 1013 Inc. H Por ignorarse el domicilio, se cita a la firma importadora que más abajo se menciona para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se les imputa, cuyo expediente tramitan en la Sec. Nº 4- Hipólito Yrigoyen 460 1º Piso Cap. Fed., bajo apercibimiento de REBELDIA. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001

C.A. bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo arriba señalado producirá la extinción de la acción penal aduanera y la NO REGISTRACION DELANTECEDENTE (arts. 930/932). Fdo.: Dr. JOSE ANTONIO CASTRO Firma Responsable División Secretaría de Actuación Nº 4 del Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

Asimismo se hace saber, con relación al importe de los tributos reclamados, que en los casos que...

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