Aviso Oficial
Fecha de disposición | 26 Marzo 2010 |
Fecha de publicación | 26 Marzo 2010 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31871 |
EXPTE. Nº 53.669 - HSBC REINSURANCE LIMITED.
SINTESIS:
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
Autorizar a HSBC REINSURANCE LIMITED a operar en reaseguros en el territorio de la República Argentina, de conformidad con las normas legales de aplicación y del régimen de autorización previstos en la Resolución Nº 24.805 y su modificatoria Resolución Nº 27.885.
Notificada la entidad de la presente resolución, se inscribirá en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros.
Hacer saber a la recurrente que una vez producida la inscripción en el Registro a cargo de esta Superintendencia de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de operaciones.
Comuníquese, notifíquese a Carola Fratini en el domicilio de la calle Florida 201 - Piso 10º Nº 31.871 29.
ACT. Nº INTERESADO 12468-482-2009 ZARZA GLORIA ELIZABETH HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, Aduana Concepción del Uruguay.
e. 26/03/2010 Nº 29582/10 v. 26/03/2010 REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES Resolución Nº 57/2010
SITUACION DE TRABAJADORES PERMANENTES CON MODALIDAD DE CONTRATO DIFERENTE QUE SOLICITAN PRESTACION.- Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de febrero de 2010. VISTO: La ley 25.191 de fecha 03/11/99, promulgada el 24/11/99 (B.O. Nº 29.283, 30/11/99), el Decreto Nº 453/01 de fecha 24 de abril de 2001, la Resolución Nº 543 de fecha 11 de agosto MTEySS, la Resolución Nº 664/05 RENATRE de fecha 26 de septiembre, el expediente Nº 1766/07
RENATRE, la reunión de Directorio de fecha 08/01/2009 y el Acta Nº 179/09. CONSIDERANDO: Que el Art. 16 de la Ley 25.191, en su Capítulo V, instituye el SISTEMA INTEGRAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO para los trabajadores rurales comprendidos en el ámbito de aplicación de la norma precitada. Que la Resolución MTEySS Nº 543/04, aprueba provisoriamente la reglamentación del Sistema lntegral de Prestaciones por desempleo. Que, para tener derecho a las Prestaciones por Desempleo previstas por dicho sistema, los trabajadores rurales deben reunir los requisitos establecidos en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 4º Anexo I de la Resolución Nº 543/04
MTEySS; o lo establecido por los incisos a), b), c), d), e), f) del artículo 6º (en caso de ser un trabajador rural No permanente), de la citada normativa. Que, la Gerencia de Prestaciones por Desempleo puso en conocimiento de este Cuerpo Directivo; respecto a...
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