Aviso Oficial

Fecha de publicación12 Marzo 2010
Fecha de disposición12 Marzo 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31862

Conforme a lo establecido en el artículo 2º de las respectivas disposiciones, cada unidad deberá identificarse indicando marca, modelo, nº de inscripción --según consta seguidamente-- y nº de fabricación.

Ing. EDGarDo GUILLErMo CLEMEntE, Gerente de Ingeniería (a/c), Comisión nacional de Comunicaciones.

e. 12/03/2010 nº 24148/10 v. 12/03/2010 adMinistraCion Federal de ingresos PuBliCos direCCion general de aduanas La DIrECCIon GEnEraL DE aDUanaS, en virtud de lo dispuesto en el art. 1ro. de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el art.417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de trEInta (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.

transcurrido el plazo mencionado, el Servicio aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 2do, 3ro, 4to, y 5to. de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en: Sección rezagos y Secuestros (aeropuerto Int. Ministro Pistarini - Ezeiza).

Viernes 12 de marzo de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 29

Viernes 12 de marzo de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 30

Viernes 12 de marzo de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 31

Viernes 12 de marzo de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 32

Viernes 12 de marzo de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 33

Viernes 12 de marzo de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 34

Viernes 12 de marzo de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.862 35

CarLoS MECHEttI, Director (Int.), Dirección aduana de Ezeiza.

e. 12/03/2010 nº 24595/10 v. 12/03/2010 adMinistraCion Federal de ingresos PuBliCos direCCion general de aduanas dVsaPla 2

Código aduanero (ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

ref. nota dVsaPla 2 nº 32/2010

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (art. 1001 del C.a.) bajo apercibimiento de ley (art. 1004 del C.a.). Se les...

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