Aviso Oficial

Fecha de disposición12 Marzo 2010
Fecha de publicación12 Marzo 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31862

AVISOS OFICIALES Anteriores matrícula Ba 558 (EXPtE. 2865/09 rES. 3444/09); MUtUaL EntrE aSoCIaDoS CEntro DE PrEvISIon, matrícula Ba 1466 (EXPtE. 1472/09 rES. 2491/09); MISIon aSIStEnCIaL aSoCIaCIon MUtUaL, matrícula Ba 2604 (EXPtE.2382/09 rES.2441/09);aSoCIaCIon MUtUaL aQUILonESa, matrícula Ba 628 (EXPtE. 2866/09 rES. 3450/09); aSoCIaCIon MUtUaL DE USUarIoS DE CoMPUtaDoraS Y aFInES, matrícula Ba 2339 (EXPtE. 600/09 rES. 3451/09);

MUtUaLIDaD SUBSIDIo voLUntarIo Por FaLLECIMIEnto (EXPtE. 600/09 rES. 3451/09);

MUtUaL 'DIaZ vELEZ' (aYUDa - PrEvEnCIon - CULtUra DE La MaDrE SoLtEra), matrícula Ba 2642 (EXPtE. 732/09 rES. 3442/09); aSoCIaCIon MUtUaL SoLIDarIDaD 7 DE MaYo, matrícula Ba 2629 (EXPtE. 3032/09 rES. 3446/09); aSoCIaCIon MUtUaL 'Honor PoLICIaL', matrícula Ba 2470 (EXPtE. 1639/09 rES. 2488/09); aSoCIaCIon MUtUaL DE aYUDa aL CaDDIE 'a.M.a.P.a.C.', matrícula Ba 2044 (EXPtE. 1469/09 rES. 2486/09); todas ellas con domicilio en la provincia de Buenos aires;el Directorio de este organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican entre paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los anexos I y II de la resolución 3369/09, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado de los presentes actuados adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas 'ut supra' ha sido designado la suscripta como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas mutuales el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (art. 1º inc. F ap. 1 y 2 de la Ley 19.549). admitiendo sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos aires, conforme lo estatuido por los arts. 19 a 22 del Decreto nº 1759/72 reglamentario de la Ley 19.549 (t.o. 1991) Se hace saber a las entidades, que en caso de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el artículo 35, inc d), de la ley 20.321. -- Fdo. Dra.

MELIna GUaSSarDo, Instructora Sumariante, InaES.

e. 12/03/2010 nº 24023/10 v. 16/03/2010 ente regulador de agua Y saneaMiento El Directorio del EntE rEGULaDor DE aGUa Y SanEaMIEnto...

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