Aviso Oficial

Fecha de disposición18 Diciembre 2009
Fecha de publicación18 Diciembre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31804

Bs. As., 10/12/2009

VISTO el Expediente Nº 7732/2009 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1951 de fecha 9 de diciembre de 2009, se aprobó el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de noviembre de 2007 hasta el mes de mayo de 2009, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) del contrato de concesión del Acceso Oeste a la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Decreto Nº 1167 de fecha 15 de julio de 1994.

Que por el artículo 2º del Decreto Nº 1951/2009, se instruyó a esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSIONPUBLICAYSERVICIOS,ensucalidaddeAutoridaddeAplicación,enlostérminos del Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009, a fijar los cuadros tarifarios correspondientes.

QueporlaCláusulaDécimadelaCuartaAdecuacióndelContratodeConcesióndefecha10demarzo de 2009, se postergó la aplicación del cobro a los usuarios del incremento de las tarifas correspondientes a las categorías 1 y 3 a 7, hasta el momento en que se lleve a cabo la instancia de revisión prevista en la Cláusula Séptima del Acuerdo de Renegociación Contractual aprobado por Decreto Nº 298 de fecha 15 de marzo de 2006, prevista para el 30 de junio de 2009; prorrogándose posteriormente dicha instancia de revisión, por Addenda, hasta el 30 de abril de 2010.

Que corresponde en consecuencia, proceder a la aprobación del Cuadro Tarifario para la Categoría 2, resultante de la aplicación parcial del cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de noviembre de 2007 hasta el mes de mayo de 2009, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF), aprobado por el Artículo 1º del mencionado Decreto Nº 1951/2009.

Que el CuadroTarifario para la Categoría 2 a aprobarse por la presente medida, no será de aplicación a aquellos vehículos que, utilizando la modalidad de pago por telepeaje, presten el servicio de taxis y/o remises, considerados tales por la Reglamentación a elaborarse por la Concesionaria con la debida aprobación del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de esta...

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