Aviso Oficial
Fecha de disposición | 17 Diciembre 2009 |
Fecha de publicación | 17 Diciembre 2009 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31803 |
2.- La suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 86/100 ($ 549.759,86) correspondiente a la multa establecida en el ARTICULO 1 de la presente Resolución, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta abierta de conformidad a la Resolución ENRE Nº 171/2000 dictada el 15 de marzo de 2000, y acreditarla oportunamente a los 'usuarios activos' en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución.3.- La suma restante de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 48/100 ($ 29.575,48) correspondiente a la multa establecida en el ARTICULO 1 de este acto deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora de Fondos deTerceros Nº 2.915/89 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. 4.- 'EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA'deberá entregar al ENRE, copia firmada por representante o apoderado de la Distribuidora, de la documentación de respaldo de los depósitos a los que se refieren los ARTICULOS 2 y 3, dentro de los DOS (2)díashábilesadministrativoscontadosapartirdeefectuadoslosmismos,bajoapercibimientodeejecución.
5:Instruir a 'EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA' para que proceda a computar las diferencias de montos en los casos de bonificaciones calculadas por la Concesionaria inferiores a las determinadas por el ENRE, con relación a la orden de cálculo de bonificaciones dictada en la Resolución ENRE Nº 136/2009, referidas a los apartamientos, a los indicadores de la Calidad del Servicio Técnico en el vigésimo segundo semestre de la Etapa 2 (22 de junio de 2007 al 21 de diciembre de 2007), establecidos en el punto 3.2 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión. El monto total asciende a PESOS DOS CON 68/100 ($ 2,68) y corresponde a los TRES (3) usuarios indicados en el archivo 'BONI_3mdb' incluido en el CD-ROM de datos que acompaña al Informe Técnico de fojas 337/388, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de esta Resolución.6: En virtud de lo previsto en la Cláusula Sexta del ACTA ACUERDO suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACIONY ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y la 'EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA' el 5 de abril de 2005 y ratificada por el Decreto PEN Nº 802/2005, y lo señalado en los considerandos del presente acto, la Distribuidora podrá destinar los montos de las sanciones --bonificaciones-- indicados en el ARTICULO 5 de la presente Resolución, a la ejecución de inversiones adicionales a las previstas en el programa de inversiones que se establezca en la REVISION TARIFARIA INTEGRAL, para lo que deberá remitir la información conforme a los términos de la Nota ENRE Nº 76.962.
7.- Si la Distribuidora no ejerciese la opción descripta en el ARTICULO 6, el importe de las multas que resulten de lo dispuesto en el ARTICULO 5 de la presente Resolución, deberá ser acreditado mediante bonificaciones en la primera facturación que la Distribuidora emita a...
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