Aviso Oficial

Fecha de publicación15 Diciembre 2009
Fecha de disposición15 Diciembre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31801
Artículo 2º

El Sindicato de Empleados de Comercio del Norte Cordobés ejercerá su actividad en un ámbito geográfico que comprende los territorios de los departamentos de: Ischilín, Totoral,

Sobremonte, Tulumba y Río Seco.

Tendrá domicilio legal en la localidad de Deán Funes, calle Colón Nº 45.

Artículo 30º

El Sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por nueve miembros titulares que ocuparán los siguientes cargos: Secretaría General, Secretaría Adjunta, Secretaría de Organización, Secretaría Gremial, Secretaría de Finanzas, Secretaría de la Mujer, Secretaría de la Juventud, Secretaría de Turismo y Deportes, y Secretaría de Previsión Social.

Habrá además cinco miembros suplentes.

Además de un Delegado Congresal Titular y un Delegado Congresal Suplente a la Faecys y Junta Regional. Un Tribunal de Cuentas, compuesto por tres titulares y tres suplentes.

Los Suplentes integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

El mandato de la Comisión Directiva durará cuatro años y sus integrantes podrán ser reelectos.

-- MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

sintesis del estatuto social del sindicato de obreros Y eMPleados VitiVinicolas Y afines de General san Martin - Mendoza - (s.o.e.V.a. - san Martin), aProbado Por resolucion M.t.e.Y s.s. nº 688/09.

ARTICULO 1º

En la Ciudad de General San Martín, Departamento del mismo nombre, Provincia de Mendoza, a los veintiséis días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y ocho (26/12/1948), se constituyó el Sindicato de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines de General San Martín - Mendoza - (S.O.E.V.A. - SAN MARTIN), que agrupa a los trabajadores afectados a las tareas de plantar, regar, amugronar, desinfectar, atar, podar, desbrotar, desorillar y/o cualquier otra tarea cultural que haga a la producción, elaboración, acopio, comercialización; distribución y/o ventas de uvas y sus derivados, siempre y cuando el establecimiento posea como actividad la vitivinícola, cualquiera sea la ubicación del mismo dentro de la jurisdicción de su zona de Actuación tales como:

  1. Obreros comunes, podadores, choferes, obreros de oficio, tractoristas, mecánicos, topadoristas, conductores de palas mecánicas, injertadores, capataces generales, subcapataces y encargados de cuadrilla que no tengan facultades para aplicar o aconsejar sanciones disciplinarias; B) Operarios, empleados, cobradores y viajantes exclusivos de establecimientos vitivinícolas; C) Operarios, empleados, corredores...

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