Aviso Oficial

Fecha de publicación14 Diciembre 2009
Fecha de disposición14 Diciembre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31800

Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

e. 14/12/2009 Nº 119064/09 v. 14/12/2009 adMinistraCion Federal de ingresos PuBliCos direCCion general de aduanas La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art.1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.

Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos , , y de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la División Rezagos y Comercialización, dependiente del Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de Buenos Aires, sito en la calle Azopardo 350, P.B. --oficina 51-- de la Nº 31.800 52 mat. 24.915, con domicilio legal en la calle Almirante Brown 254 de la ciudad de Neuquén, partido Confluencia, provincia de Neuquén; y COOPERATIVA DE SERVICIOS Y OBRAS PUBLICAS DE TELEN LTDA. (TECOOP), mat. 24.852, con domicilio legal en Alfonso Capdeville 556, localidad de Telen, provincia de La Pampa. Contra la medida dispuesta (Art. 40, Dto. Nº 1759/72 t.o. 1991) son oponibles los siguientes recursos: REVISION (Artículo 22, inciso a) --10 días-- y Artículo 22, incisos b), c) y d) --30 días-- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACION (Artículo 84, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) --10 días--). JERARQUICO (Artículo 89, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) --15 días--) Y ACLARATORIA (Artículo 102, Decreto Nº 1759/72 (t.o.1991) --5 días--). Asimismo en razón de la distancia se le concede un plazo ampliatorio de: SEIS (6) días a las entidades ubicadas en San Juan, y Neuquén; y TRES (3) días a la que se encuentra en La Pampa. Quedan debidamente notificadas.

-- OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 14/12/2009 Nº 118889/09 v. 16/12/2009 Ministerio de desarrollo soCial instituto naCional de asoCiatiVisMo Y eConoMia soCial El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMOY ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resolución Nro. 4967/09-INAES dispuso RETIRAR LA...

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