Aviso Oficial

Fecha de disposición18 Noviembre 2009
Fecha de publicación18 Noviembre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31783

ANEXO I Personal Permanente reencasillado en el Sistema Nacional de Empleo Público Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Secretaria de Seguridad Interior e. 18/11/2009 Nº 106194/09 v. 18/11/2009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESOLUCION GENERAL Nº 2300 - TITULO II.

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS.

INCLUSION. PRODUCTOR CUIT APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL CBU 20-06528545-3 BALBO JUAN SANTOS 2970102312000030866442

La presente publicación se realiza en virtud de lo ordenado por el Juzgado Federal de la Ciudad de Bell Villa, a cargo del Juez Federal Dr. Oscar Armando VALENTINUZZI, en los autos caratulados 'BALBO, Juan Santos C/ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - Acción Declarativa de Inconstitucionalidad' (Expte: 38-B-2009). Se deja constancia que la misma se hizo efectiva a partir del día 16/11/2009 con la publicación en la página WEB de la A.F.I.P.

Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

e. 18/11/2009 Nº 107857/09 v. 18/11/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Se cita a CESAR BARBOZA, D.N.I. 5.251.355, en el expediente Nº 603.543/01, a quien se le imputa la comisión de la infracción prevista en el art. 986 del Código Aduanero para que en el plazo de diez días comparezca a efectos de: a) constituir domicilio en el radio de esta oficina aduanera bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta dependencia en donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dictaren (arts. 1001 y 1004 del C.A.) y b) evacuar defensas y ofrecer toda la prueba de que intente valerse, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 al 1105 del C.A.). Asimismo, se hace saber que: a) en caso de concurrir un tercero en su representación deberá acreditar personería en su primera presentación conforme los arts. 1030 y ss. del C.A.; b) si se plantean cuestiones jurídicas deberán hacerse con patrocinio letrado (art. 1034 del C.A.), y c) si dentro del plazo para contestar la vista efectúa el pago voluntario de la multa mínima, cuyo importe asciende a $ 1.489,65 (Pesos un mil cuatrocientos ochenta y nueve con 65/100), y hace abandono de la mercadería a favor del Estado, se declarará extinguida la acción y no se registrará antecedente, no siendo necesario el patrocinio...

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