Aviso Oficial

Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2009

FECHA DE VERIFICACION DE LA ESTABILIDAD: 1994

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.

AUTORIZADA SU PUBLICACION Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas.

e. 17/11/2009 Nº 105269/09 v. 17/11/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE DIAMANTE La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS notifica en los términos del art. 1013, inc. h) al SR.

ORTOLANO, Rolando Pas. Nº 453808K con domicilio en la ciudad de Via Tosacanini 8 Fano (PS) Italia que en las Actuaciones Nº 12485-264-2008, Sumario Contencioso Nº 20-001/2009 que tramita ante la Aduana de Diamante, se ha dictado la Resolución Nº 39/2009 (AD DIAM) de fecha 29/10/2009, condenándose al pago de la multa de DOLARES UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 40/100 (USD 1.589,40.-), la que deberá ser abonada dentro de los quince (15) de notificada la presente. Se le hace saber al interesado que la Resolución 039/2009 agota la instancia administrativa, pudiendo ejercer la vía recursiva contemplada en los arts. 1132 y sgtes. del Cód. Ad.

como así también, en arts. 23 y 25 inc. a) Ley 19.549. -- Fdo. JOSE DEL ROSARIO LOPEZ, Administrador, Div. Aduana de Diamante.

e. 17/11/2009 Nº 105481/09 v. 17/11/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE BARRANQUERAS Arts. 1013 Inc. H) y 1101 - Código Aduanero - Ley 22.415.

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se mencionan para que dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer prueba por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía, asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta aduana (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se le hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, en caso de corresponder, producirá la extinción de la acción penal y la no registración de antecedente (Arts. 930/932 C.A.). -- Fdo.:

Ing. HUGO EDUARDO SAIPE, Administrador Interino de la División Aduana Barranqueras.

SUMARIO Nº CAUSANTE DOC. INF. ART. MULTA SC10-Nº 132/06 MIZDRAJE ALBERTO 10.992.296 985 $ 7 655,21

SC10-Nº 240/06 CHAMORRO CLAUDIO MARCELO 28.318.530 985 $ 1 091,04

SC10-Nº 340/06 MONZON ROLANDO OSCAR 26.699.112 985 $ 24.224,00

SC10-Nº 363/06 DENIS RUBEN DARIO 30.294.835 985 $ 3 128,14

SC10-Nº 023/07 APONTE VICTOR JACOBO 24.364.387 985 $ 17.084,00

SC10-Nº 027/07 VANDECAVEYE BERNARDINO 10.588.848 985 $ 7 807,17

SC10-Nº 106/07 SALAS JUAN JOSE 22.576.291 985 $ 3339,21

SC10-Nº 039/09 RUBIN GUSTAVO 11.406.418 985 $ 7 788,72

SC10-Nº 087/09 CAÑETE MARCELO ARIEL 28.041.176 985 $ 25.054,98

SC10-Nº 088/09 OZUNA MIGUEL ANTONIO 22.968.896 985 $ 10.213,14

SC10-Nº 106/09 ORTIZ HUGO AURELIO 26.513.806 985 $ 6 758,92

SC10-Nº 107/09 FLORENTIN ESTEBAN P. 17.788.897 985 $ 8 460,95

SC10-Nº 108/09 OZUNA EDUARDO OMAR 28.602.910 985 $ 8 460,95

SC10-Nº 111/09 GONZALEZ...

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