Aviso Oficial .

Fecha de disposición01 Diciembre 2017
Fecha de publicación01 Diciembre 2017
SecciónAvisos Oficiales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

EDICTO

Código Aduanero (Ley 22.415 Arts. 1013 inciso h)

Por ignorarse domicilio, se cita a la persona que más abajo se menciona, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se le imputa, cuyo expediente tramita en la Secretaría N° 1 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Azopardo N° 350 - Planta Baja - Ala Belgrano - CAP. FED., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1.004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo más arriba indicado, producirá a extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (arts. 930, 931 y 932 del C.A.), haciendo saber que deberá proceder a efectuar el abandono de la mercadería a favor del Estado Nacional por ser la misma de importación usada y prohibida. Asimismo se indica el importe de los tributos, haciéndole saber que en el caso de los tributos adeudados en dólares, para su conversión en pesos se utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago, siendo de aplicación lo establecido por el art. 794 del Código Aduanero, para el caso de no efectuarse el pago del importe reclamado en el plazo allí establecido. Fdo. Abog. Carlota Marini...

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