Aviso Oficial

Fecha de publicación10 Noviembre 2009
Fecha de disposición10 Noviembre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31777

Que habiéndose analizado los informes elaborados por la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, resulta oportuno y conveniente disponer la creación del Departamento de Extranjeros Judicializados.

Que en estas actuaciones se ha recogido la intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que se efectuaran observaciones a la medida propuesta.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA ha tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Decisión Administrativa Nº 250 de fecha 25 de junio de 2008.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE:

ARTICULO 1º

Incorpórase a la estructura organizativa aprobada por la Decisión Administrativa Nº 250 de fecha 25 de junio de 2008 el Departamento de Extranjeros Judicializados, en la órbita de la DIRECCION DE CONTROL DE PERMANENCIA de la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, conforme las Acciones y la Dotación que, como Anexos I y II forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Dr. ADOLFO EDUARDO NALDINI, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, Disposición DNM Nº 84881/2008.

ANEXO I DEPARTAMENTO DE EXTRANJEROS JUDICIALIZADOS ACCIONES 1- Efectuar el análisis y seguimiento pormenorizado de las situaciones procesales de los extranjeros judicializados, no detenidos.

2- Otorgar a estos últimos, la documentación que resulte necesaria para brindar acceso a la residencia regular en el Territorio Nacional, durante la sustanciación del proceso penal.

3- Reunir los elementos de juicio y efectuar las gestiones necesarias tendientes a efectivizar la expulsión del extranjero judicializado.

4- Intervenir en la tramitación de documentación en cumplimiento de los procedimientos legales establecidos por la normativa vigente, efectuando las pertinentes notificaciones y/o comunicaciones a los Organismos actuantes.

5- Coordinar la materialización de las expulsiones de los extranjeros judicializados, cuyo extrañamiento haya sido ordenado por una autoridad judicial.

6- Organizar los registros y sistemas de información inherentes a su competencia.

e. 10/11/2009 Nº 102457/09 v. 10/11/2009 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' 9632. 03/09/2009. Ref.: Régimen Informativo de Exigencia e Integración de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR