Aviso Oficial E.

Fecha de disposición04 Julio 2017
Fecha de publicación04 Julio 2017
SecciónAsociaciones Sindicales

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS DE MENDOZA, APROBADO POR RESOLUCION M.T. N° 67/17.

ARTICULO 1°

En la Ciudad de Mendoza, Provincia del mismo nombre, el SINDICATO VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS DE MENDOZA, fundado el catorce de abril del año mil novecientos cincuenta y dos (14/04/1952), procede a modificar sus Estatutos, en fecha siete de marzo del año mil novecientos ochenta y nueve, a efectos de perfeccionarlos, actualizarlos y adecuarlos a las disposiciones de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales de Trabajadores y su Decreto Reglamentario N° 467/88.

El Sindicato agrupa a todos los trabajadores dedicados a la venta de diarios, revistas y afines de la industria periodística, entendiéndose por tales, las publicaciones que entran en el régimen de devoluciones, prescripto en el artículo 1° del Decreto Ley N° 24.095/45, Ley N° 12.921, que se distribuyen por los canales normales y reconocidos.

La venta podrá efectuarse en paradas, reparto o en ambos a la vez. Asimismo se excluye a todo el personal que las empresas editoras y/o distribuidoras contraten como "fleteros" para el traslado de diarios y revistas dentro de la jurisdicción de la Zona de Actuación del Sindicato.

La entidad fija su domicilio legal en calle Garibaldi N° 148/52, Ciudad Capital, Provincia de Mendoza, el que, podrá variar sin que ello implique modificaciones de los Estatutos.

El Sindicato tiene como Zona de Actuación todo el territorio de la Provincia de Mendoza, excepto los Departamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe.

ARTICULO 2° El Sindicato tendrá por objetivo, finalidades y derechos:
  1. Fomentar la unión y agremiación de todos los trabajadores de la actividad.

  2. Peticionar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales, la adopción de aquellas medidas que concurran a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de sus representados.

  3. Defender los intereses gremiales de los trabajadores que agrupa...

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