Aviso Oficial /2009

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2009
Artículo 17º

El mandato de los miembros del Consejo Integral durará tres (3) años, pudiendo ser reelegidos.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

sintesis del estatuto social de la asociacion sindical de eMpleados Municipales de patagones, aprobado por resolucion M.t.e.y s.s. nº 163/09.

ARTICULO 1

ro.: La Asociación Sindical de Empleados Municipales de Patagones, entidad de primer grado, fundada el diez de septiembre del año dos mil siete, con el Objeto de agrupar a los trabajadores que prestan servicios en relación, de dependencia, en planta permanente y/o transitoria, como temporarios y/o contratados de la Municipalidad de Patagones y Delegaciones. Municipales que de ella dependan, en toda la zona geográfica del Partido de Patagones, Provincia de Buenos Aires, y a efectos de actuar por cuenta y en representación de los mismos enuncia el presente cuerpo de normas al cual se sujetará la asociación sindical para el cumplimiento de los fines y Objetivos que en el mismo se describen, obrando de conformidad con lo prescrito en las disposiciones legales en vigencia.

La Asociación representará a todos aquellos trabajadores que cumplan tareas o funciones en relación de dependencia con el Municipio citado anteriormente, con excepción de aquellas personas que ocupen cargos políticos. Asimismo ejercerá la representación de los agentes municipales que hubieren accedido al beneficio jubilatorio que les otorga el INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (I.P.S.), los que producida esa situación conservarán la condición de afiliados. Aquellos Trabajadores Municipales que al momento de jubilarse no se encontraban, afiliados a la Asociación, no podrán ingresar al mismo, como afiliados en ese estado.

ARTICULO 2

do.: La zona de actuación del Sindicato será igual a la que demarca el ámbito territorial del Municipio antes citado.

ARTICULO 3

ro.: El Sindicato tendrá su Sede y domicilio legal en la calle Roca Nº 24 de la Ciudad de Carmen de Patagones, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 21

ro- Los órganos de la entidad son los siguientes:

  1. Asambleas ordinarias y extraordinarias;

  2. Comisión Directiva;

  3. Comisión Revisora de Cuentas;

  4. Cuerpo de delegados.

En todos los casos deberá respetarse la representación femenina en los cargos electivos y representativos de la entidad conforme las pautas establecidas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514/03.

COMISION DIRECTIVA ARTICULO 28vo.: La Comisión Directiva se integrará con...

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