Aviso Oficial

Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2009

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución 1887/08/INCAA se ha llamado a dos Concursos anuales para la producción de DIEZ (10) películas de largometraje de ficción o animación, cuyo soporte de filmación sea digital y su finalización broadcasting internacional.

Que en el Artículo 10º de dicha Resolución se establecía que 'los Comités de Evaluación de Proyectos A y B, creados por la Resolución que regula el otorgamiento de los subsidios por otros medios de exhibición, actuarán como Jurados para la selección de los proyectos, quedando a cargo del Comité A, la selección de los CINCO (5) ganadores del Primer llamado, y a cargo del Comité B, la selección de los CINCO (5) ganadores del segundo, estableciendo un orden de prelación'.

Que el Artículo 7º de la Resolución 2022/08/INCAA modifica al artículo anteriormente mencionado, estableciendo que 'La Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES nombrará, para cada uno de los llamados previstos, un Jurado integrado por CINCO (5) miembros quienes deberán ser personalidades de reconocida trayectoria en la actividad cinematográfica y/o cultural. Dichos Jurados tendrán como función la selección de CINCO (5) proyectos Ganadores respectivamente en cada uno de los llamados'.

Que en cumplimiento de lo expuesto la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha decidido designar como miembros del Jurado del primer concurso a Celina Inés MURGA CABROL; Alejandra Mónica MARINO; Hernán Ezequiel MUSALUPPI; Rodolfo Francisco DURÁN y Juan Bautista STAGNARO.

Que es menester dictar resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTICULO 1º

Desígnase a Celina Inés MURGA CABROL; Alejandra Mónica MARINO; Hernán Ezequiel MUSALUPPI; Rodolfo Francisco DURÁN; y Juan Bautista STAGNARO; como miembros del Jurado para el primer concurso llamado por la Resolución Nº 1887/08/INCAA; para la selección de CINCO (5) películas de largometraje de ficción o animación, cuyo soporte de filmación sea digital y finalización broadcasting internacional.

ARTICULO 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. -- LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 11/09/2009 Nº 76294/09 v. 11/09/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 811/2009

Bs. As., 28/7/2009

VISTO el Expediente Nº 14.274 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, la Ley 24.076, su reglamentación por Decreto Nº 1738/92, los Decretos Nº 2255/92 y Nº 2457/92, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ENRG Nº I/587 de fecha 29 de diciembre de 2008, se decidió: 1) Disponer la Intervención por el término de 120 días, de la Licenciataria TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. a partir de la notificación de la Resolución; 2) Designar como interventor al Sr. Roberto Darío Pons; 3) La intervención cumpliría las funciones: de coadministración societaria y tendrá a su cargo la fiscalización y control de todos...

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