Aviso Oficial

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2009

ASOCIACIONES SINDICALES MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE METAN, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E.Y F.R.H. Nº 857/01.

Artículo 1º Denomínase SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE METAN a la Entidad Sindical que agrupa a los trabajadores municipales, pertenecientes a las plantas permanente, transitoria, contratada de las Municipalidades de Metán y Río Piedras y al personal dependiente de sus Concejos Deliberantes.
Artículo 2

Su domicilio legal está ubicado en calle Gûemes Nº 248 de la Ciudad de Metán,

Provincia de Salta.

Tendrá como zona de actuación toda la jurisdicción de los Municipios de Metán y Río Piedras en la Provincia de Salta, constituyendo una Asociación Gremial de Primer Grado con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Artículo 3º El Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Metán tiene por objeto:
  1. Fomentar pacíficamente la unión y agremiación de todos los trabajadores municipales.

  2. Peticionar ante las autoridades nacionales, provinciales, municipales y los empleadores en beneficio de la Organización.

  3. Cooperar con las autoridades públicas en el estudio de las cuestiones que interesen al Sindicato o a la población en general:

  4. Defender y representar al gremio y a sus componentes individualmente, en las cuestiones gremiales o de trabajo ante los Institutos de Previsión, la Justicia, Empleadores y toda otra repartición del Estado, a petición de parte e intervenir por derecho propio o como tercerista, cuando por naturaleza de la cuestión suscitada, la resolución pueda afectar intereses sindicales de la actividad o categoría profesional que se trate.

  5. Controlar las condiciones de trabajo y solicitar su mejoramiento.

  6. Velar por el cumplimiento de las Leyes de Trabajo y Seguridad Social, Ordenanzas y Decretos Municipales, promover su ampliación y perfeccionamiento y denunciar sus infracciones.

  7. Formular su programa de acción y realizar todas las actividades lícitas en defensa del interés de los trabajadores. En especial el derecho de negociar colectivamente, el de participar y el de huelga.

  8. Peticionar la implementación del régimen de Estabilidad, Escalafón o Estatuto para el Empleado Municipal.

  9. Propender a la elevación moral y material de los asociados, fomentando el...

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