Aviso Oficial
Fecha de publicación | 26 Agosto 2009 |
Fecha de disposición | 26 Agosto 2009 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31723 |
Ing. FERNANDO GARNERO, Jefe Div. Fiscal de Oper. Aduaneras, DI RAPO.
e. 26/08/2009 Nº 70605/09 v. 26/08/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE NEUQUEN Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art.
1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez (10) días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art. 1105 del citado texto legal) imputándosele las penas previstas en el art. 876 apartado 1, inc. b), c), f) y g) del Código Aduanero (excepto en lo que se refiere a las fuerzas de seguridad), conforme lo estipulado en el art. 1026 inc. b) del Código Aduanero, toda vez que el imputado fue condenado en sede judicial como autor material y responsable del delito de contrabando de exportación agravado de estupefacientes en grado de tentativa (arts. 863, 866 2º párrafo en función de los arts. 871 y 872 del Código Aduanero).
SUMARIO CAUSANTE MONTO SC75 Nº 09/2005 LEDANTES, Bernabe $ 1.378.925,08.LUIS C. RUGURA, Administrador, Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 26/08/2009 Nº 70610/09 v. 26/08/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE NEUQUEN Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art. 1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez (10) días hábiles más lo que corresponda adicionar por la distancia (Art. 1036 del Código Aduanero) para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art. 1105 del citado texto legal) imputándosele la infracción que se detalla. Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts.930 y ss.de la citada ley, la infracción aduanera se extingue con el pago voluntario del mínimo de la multa y el abandono de la mercadería a favor del Estado; para que surta tales efectos deberá efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso el antecedente no será registrado.
SUMARIO CAUSANTE MONTO INFRACCION 12372-1536-2008 SOTO DE LA GUARDA LORENA $ 43.622,97 en concepto de multa Art. 987
LUIS C. RUGURA, Administrador, Aduana Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 26/08/2009 Nº 70612/09 v. 26/08/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIVISION ADUANA DE USHUAIA EDICTO - ART.1013 inc. h) del CODIGO ADUANERO Ushuaia, 7/8/2009
Notifíquese por edicto a publicarse por 1 (un) día en el Boletín oficial...
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