Aviso Oficial .

Fecha de disposición29 Abril 2016
Fecha de publicación29 Abril 2016
SecciónAvisos Oficiales

EDICTO - 26 ABR 2016

Por ignorarse domicilio, se hace saber que en los SUMARIOS CONTENCIOSOS NROS. 074-SC-259-2013/6; 074-SC-296-2013/4; 074-SC-297-2013/2; 074-SC-298-2013/0; 074-SC-299-2013/9; 074-SC-300-2013/4 y 074-SC-301-2013/2, caratulados: "FERREYRA JULIO ANIBAL S/INF. ART. 954 DEL CÓDIGO ADUANERO", se han dictado los FALLOS NROS. 225/2016 (AD TUCU); 220/2016 (AD TUCU); 221/2016 (AD TUCU); 222/2016 (AD TUCU); 223/2016 (AD TUCU); 226/2016 (AD TUCU) y 224/2016 (AD TUCU) respectivamente y que en planilla anexa se detallan y que en su parte resolutiva rezan: "VISTO, las presentes actuaciones............................................, y CONSIDERANDO: que las presentes actuaciones se inician........................................ por el no ingreso de divisas correspondientes a la operación............................. Por ello; EL ADMINISTRADOR DE LA DIVISION ADUANA DE TUCUMAN RESUELVE: ARTÍCULO 1° CONDENAR, a la firma FERREYRA JULIO ANIBAL CUIT 20-13969787-2 al pago de una multa equivalente a una vez el valor del perjuicio fiscal, suma que asciende a la cantidad de pesos........................ por la comisión de la Infracción Aduanera prevista en el Art. 954 Ap. 1° Inc. c) del Código Aduanero todo ello en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden. ARTÍCULO 2°.- INTIMAR a la firma FERREYRA JULIO ANIBAL CUIT 20-13969787-2 para que en el...

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