Aviso Oficial

Fecha de disposición05 Agosto 2009
Fecha de publicación05 Agosto 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31709

A- Primer Premio: PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) para el proyecto ganador del concurso.

B- Segundo Premio: PESOS QUINCE MIL ($ 15.000).

C- Tercer Premio: PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) D- Dos Menciones Especiales: PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a cada uno.

11- PAGO El pago lo realizará la SECRETARIA EJECUTIVA DE LA CONMEMORACION DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO 1810-2010 dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la entrega y aprobación del Manual de Aplicación completo del proyecto premiado con la incorporación de las recomendaciones del Jurado, si las hubiere.

12- DERECHOS INTELECTUALES Y PATRIMONIALES A- Los participantes que obtengan los premios y menciones especiales cederán en forma total y completa a la Secretaría Ejecutiva de la Conmemoración del Bicentenario de la Revolución de Mayo 1810-2010, con carácter irrevocable y con la facultad de cesión a terceros por parte de dicha Secretaría Ejecutiva, los derechos intelectuales y patrimoniales del sistema visual y gráfico representativo del Bicentenario de la Revolución de Mayo, renunciando expresamente a cualquier tipo de indemnización, resarcimiento o pago por la cesión de esos derechos. Dicha cesión implican la facultad de explotar los proyectos premiados y con mención especial con exclusión de cualquier otra persona incluido el propio autor. Los mismos podrán ser utilizados en forma permanente por la Administración Pública Nacional. La Secretaría Ejecutiva se reserva el derecho de preferencia para la utilización de todos y cada uno de los proyectos premiados o con mención especial, en forma permanente e indistinta.

B- Los derechos patrimoniales de propiedad intelectual cedidos por el autor comprenden: la explotación por sí o por terceros del sistema visual y gráfico representativo del Bicentenario de la Revolución de Mayo premiado o con mención especial, en cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad existente y/o conocidos o no en la actualidad y con carácter gratuito. En particular los siguientes derechos:

1) De divulgación y publicación.

2) De modificación, tanto en el colorido como en la forma, incluyendo la facultad para añadir o quitar partes.

3) De reproducción directa o indirecta, entendiéndose por tal el derecho de fijar o hacer fijar el sistema visual y gráfico en todo o en parte, con carácter provisional o permanente, sobre cualquier formato o soporte y por cualquier sistema o procedimiento que permita su comunicación y/o la obtención de copias de la totalidad, de partes o fragmentos de ellos. La digitalización del sistema visual y gráfico, en su caso, así como el almacenamiento en forma digital en un soporte electrónico serán considerados...

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