Aviso Oficial
Fecha de publicación | 29 Junio 2009 |
Fecha de disposición | 28 Noviembre 2008 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31683 |
Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
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29/06/2009 Nº 53606/09 v. 29/06/2009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESOLUCION GENERAL Nº 2300.TITULO II REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
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29/06/2009 Nº 53608/09 v. 29/06/2009 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONALY CULTO MERCOSUR/GMC/RES. Nº 33/08
MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 07/94, 22/94, 31/04 y 37/07 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 70/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Aprobar la 'Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común', en sus versiones en español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución.
Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución, tendrán vigencia a partir del 01/ IV/2009, debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos antes de esa fecha.
LXXIV GMC Brasilia, 28/XI/08
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 34/08
MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 07/94, 22/94, 31/04 y 37/07 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 70/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Aprobar la 'Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común', en sus versiones en español y portugués, que figuran como anexo y forman parte de la presente Resolución.
Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución, tendrán vigencia a partir del 01/I/2009, debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos antes de esa fecha.
LXXIV GMC -- Brasilia, 28/XI/08
Lunes 29 de junio de 2009 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.683 52
MERCOSUR/GMCIRES. Nº 35/08
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD PARA PRODUCTOS ELECTRICOS DE BAJA TENSION VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nº 38/98, 56/02 y 22/05 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que es necesario garantizar a los consumidores la seguridad en la utilización de los productos eléctricos de baja tensión en condiciones previsibles o normales de uso.
Que es función de los Estados Partes determinar los requisitos esenciales de seguridad, que deben cumplir los productos eléctricos de baja tensión para su comercialización.
Que al ser estos requisitos los mínimos exigibles desde el punto de vista de la seguridad de las personas, bienes y animales domésticos, el cumplimiento de los mismos no deberá eximir del...
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