Aviso Oficial

Fecha de publicación04 Junio 2009
Fecha de disposición04 Junio 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31667

PARA LA POSICION S.I.M.: 0805.20.00.910A MERCADERIA: - En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 18 kg (R. 967/99 MEYOSP) Los demás Mandarinas (incluidas las tangerinas y satsumas); clementinas, wilkings o híbridos similares de agrios (cítricos) AGRIOS (CITRICOS) FRESCOS O SECOS ADALBERTO V. BENTANCOURT, Jefe (I), Div. Fac. Operaciones Aduaneras, Direcc. Regional Aduanera La Plata.

e. 04/06/2009 Nº 46552/09 v. 04/06/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art.1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.

Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos , , y de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la División Rezagos y Comercialización, dependiente del Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de Buenos Aires, sito en la calle Azopardo 350, P.B. --oficina 51-- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Arq. ANIBAL H. RODRIGUEZ, Jefe (Int.), Dpto. Asist. Adm. y Téc. de Bs. As., Dirección Aduana de Bs. As.

e. 04/06/2009 Nº 46637/09 v. 04/06/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art.1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.

Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos , , y de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación...

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