Aviso Oficial

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2009

El setenta y cinco por ciento de los cargos directivos y representativos deberán ser desempeñados por ciudadanos argentinos; el Secretario General y el Secretario Adjunto deben ser indefectiblemente ciudadanos argentinos nativos o naturalizados.

Estos requisitos se reputan cumplidos para quienes se postulen como candidatos mientras están cumpliendo una función directiva por elección de sus compañeros, y para aquellos que por estar cumpliendo una función pública representativa en el orden nacional, provincial o municipal, con autorización y/o apoyo de la Asociación hallan dejado de cotizar y/o mantener la relación laboral ininterrumpida. Los miembros integrantes de los cuerpos directivos del S.I.R., durarán cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos.

  1. Número de afiliados al tiempo de la aprobación del estatuto.

Al día 30 de enero de 2009, fecha de otorgamiento de nuestra personería Gremial, mediante Resolución MTSS 88/2009, El SINDICATO INDEPENDIENTE DE REMISEROS (S.I.R.) cuenta con un total de 274 afiliados adheridos.

MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO SANTIAGUEÑO DE DOCENTES,

APROBADO POR RESOLUCION M.T.E.Y S.S. Nº 80/09.

Art. 1

)- Con la denominación de SINDICATO SANTIAGUEÑO DE DOCENTES, y con fecha de fundación el 13 de agosto de 2005 se constituye con carácter permanente, esta entidad sindical de primer grado, para defender los derechos gremiales, profesionales y las condiciones laborales de los docentes y la educación pública de la provincia de Santiago del Estero.

Afiliará a los docentes de todas los niveles del Sistema Educativo Provincial a saber: a) Inicial b) EGB (Primario) c) Polimodal (Medio) d) Superior (Terciario) e) Adultos y f) Especial, y que se desempeñan en instituciones Educativas de Gestión Estatal dependiente del Estado Provincial de Santiago del Estero.

Quedan expresamente exceptuados los docentes que se desempeñan en el sector Privado y los docentes dependientes de Gestión del Estado Municipal.

Esta entidad sindical constituye su domicilio legal y provisorio en calle Libertad Nº 674 en la Ciudad Capital de Santiago del Estero.

Art. 18

)- El sindicato Santiagueño de Docente será conducido y administrado por una Comisión Directiva integrada por dieciocho (18) miembros titulares. Simultáneamente serán elegidos cuatro (4) miembros suplentes que no forman parte del órgano directivo.

Art. 19

) La comisión Directiva estará integrada de la forma siguiente: 1) Un Secretario General;

2) Un Secretario Adjunto; 3) Un Secretario Gremial; 4) Un Secretario de Actas; 5) Un Secretario administrativo; 6) Un Secretario de Finanzas; 7) Un Secretario de Acción social y Previsión; 8) Un Secretario de Prensa y Cultura, 9) Un Secretario de Nivel Inicial; 10) Un Secretario de Nivel EGB ( primario); 11) Un Secretario de Nivel Polimodal (Medio); 12) Un Secretario de Nivel Terciario; 13) Un secretario de Nivel Adultos; 14) Un secretario de Nivel Especial; 15-18) Cuatro (4)...

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