Aviso Oficial
Fecha de la disposición | 15 de Mayo de 2009 |
El Presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, en uso de las facultades conferidas por el art. 73 del Reglamento Interno RESUELVE: 1.
'Fdo.: Dra. Matilde Scaletzky,
Dra. Silvia Beatriz Macchi, Dra.Virginia Díaz de Prada, Dr. Emilio H. Bulló y Dr. Mario Poliak.
Expte. Nº 10.362/07 'MORAN, Santiago Luis c/ CPACF (Expte. 14.681/02)'.
' Fdo.: JORGE EDUARDO MORÁN, JORGE FEDERICO ALEMANY y PABLO GALLEGOS FEDRIANI.
El período de suspensión abarca desde el 05.02.09 al 04.08.09.Publíquese por un día en el Boletín Oficial de la República Argentina Fdo.: Dr. GUILLERMO JESUS FANEGO, Secretario General.
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15/05/2009 Nº 40435/09 v. 15/05/2009 COMAB - COMISION MIXTA ARGENTINO - BRASILERA PARA EL PUENTE SANTO TOME - SÃO BORJA --DELEGACION DE CONTROL-ESTATUTO PARA LA DELEGACION DE CONTROL DEFINICION Art. 1º: La DELEGACION DE CONTROL es el órgano de la COMAB que tiene a su cargo la Supervisión, Inspección, Auditoría y Seguimiento del cumplimiento del Contrato de Concesión de la Vinculación Internacional entre Santo Tomé (Argentina) y São Borja (Brasil).
CAPACIDAD Art.2º:LaDELEGACIONDECONTROLesunorganismodenaturalezainternacionalconcapacidad jurídica necesaria para el cumplimiento de sus funciones específicas de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del 22 de agosto de 1981 y su Protocolo Adicional de 6 de julio de 1990 conforme a su Art. 1º y el presente Estatuto, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones y celebrar con cualquier entidad los actos y contratos que fueran pertinentes para la consecución de sus fines.
SEDE Art. 3º: La DELEGACION DE CONTROL tendrá sede en la ciudad de São Borja en el local cedido por la INTENDENCIA MUNICIPAL DE SÃO BORJA, hasta que se disponga del local definitivo a ser provisto por el Concesionario en el Area en Concesión, conforme lo establecido en el Contrato Internacional de Concesión.
IDIOMA Art. 4º: La DELEGACION DE CONTROL podrá utilizar en sus documentos y correspondencia, de forma indistinta, los idiomas portugués y castellano.
ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES Art. 5º: Para el cumplimiento de sus fines la DELEGACION DE CONTROL tiene las siguientes facultades y obligaciones:
I - Cumplir y hacer cumplir el Contrato Internacional de Concesión y las normas complementarias que se dictaren realizando un eficaz control y verificación de la concesión y de los servicios que se presten al usuario.
II -Elevar para la aprobación de la COMAB un Reglamento del Usuario que contendrá:
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Los lineamientos básicos de circulación en los accesos y puente y de utilización de los servicios que se presten en los mismos;
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Norma Regulatoria de Trámites y Reclamaciones de los usuarios;
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La forma y modo en que serán recibidas y tratadas las consultas y reclamos de los usuarios;
III - Atender los reclamos de los usuarios en relación a la prestación de los servicios y tarifas y producir en todos los casos una decisión fundada;
IV - Elevar a la aprobación de la COMAB un Régimen de Infracciones y Sanciones que reglamente el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violaciones de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales, asegurando el principio del debido proceso respecto del Concesionario y de los usuarios;
V - Elevar a la aprobación de la COMAB el Régimen de Contrataciones que regirá para cumplimiento de los fines de la Delegación de Control;
VI - Velar por la protección de la propiedad y la seguridad pública en la construcción y explotación de la Concesión; poniendo en conocimiento de las autoridades de los Países, las irregularidades o hechos ilícitos que se presenten para su debida intervención;
VII - Emitir y recibir toda correspondencia y documentación que deba ser intercambiada con el Concesionario;
VIII - Requerir al Concesionario los documentos e informes necesarios para verificar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones;
IX - Dar a publicidad con debida antelación los planes de obra y los planes tarifarios que se aprueben;
X - Aprobar los proyectos elaborados por el Concesionario;
XI - Aprobar el plan de trabajos, el cronograma de inversiones y programas de control de calidad, presentados por el Concesionario;
XII - Supervisar la ejecución de las obras;
XIII - Analizar, aprobar o rechazar las garantías y pólizas de seguros propuestas por el Concesionario, fiscalizar la vigencia de los mismos y sus actualizaciones si correspondiere;
XIV - Promover la entrega del Area en Concesión al Concesionario;
XV - Aplicar al Concesionario las sanciones establecidas en el Contrato Internacional de Concesión y en el Régimen de Sanciones e Infracciones por incumplimiento de sus obligaciones;
XVI - Recibir, analizar y expedirse en primer...
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