Aviso Oficial

Fecha de la disposición16 de Febrero de 2009

APELANTE CUIL Nº EXPEDIENTE CM FECHA DE DICTAMEN CAUSA IMPOSIBILIDAD DE NOTIFICACIÓN FEHACIENTE WACHTER JULIA ESTHER 27-14620263-8 10B-L-03866/07 10B 17/10/2007 MORENO 401 - CAPITAL FEDERAL ESPINA SILVIA ROSA 27-10255175-9 10D-L-04969/06 10D 02/03/2007 MORENO 401 - CAPITAL FEDERAL SAUDER BERNARDO JAVIER 20-17718252-5 10I-L-00336/08 10I 02/06/2008 MORENO 401 - CAPITAL FEDERAL Dr. ROBERTO J. PELLIZARI, Jefe Departamento de Comisiones Médicas y Oficinas de Homologación y Visado.

e. 12/02/2009 Nº 8010/09 v. 16/02/2009 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Resolución Nº 964/2008

Bs. As., 20/10/2008

VISTO el Expediente Nº 997-COMFER/07, y CONSIDERANDO:

Que a través del dictado del Decreto Nº 527/05 se suspendieron por el plazo de DIEZ (10) años los términos que estuvieren transcurriendo de las licencias de servicios de radiodifusión o sus prórrogas previstos en el artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.

Que el artículo 3º del prenotado decreto estableció que durante el plazo de DOS (2) años a partir de su entrada en vigencia --acaecida el 24 de mayo de 2005 (cfr. artículo 4º del mismo cuerpo normativo)-- cada licenciatario de servicios de radiodifusión alcanzado por la referida suspensión, deberá elevar a este COMITE FEDERAL para su aprobación un espacio de programación que contribuya a la defensa de la cultura nacional y a la educación de la población y un plan que prevea la incorporación de nueva tecnología, como la digital, que implique la mejora e innovación en los servicios que presta.

Que mediante el dictado de la Resolución Nº 0214-COMFER/07 este COMITE FEDERAL, como autoridad para aprobar los proyectos referidos en el considerando precedente, estableció las pautas para formalizar la presentación del espacio de programación y del plan de incorporación de nueva tecnología.

Que mediante el dictado de la Resolución Nº 1518-COMFER/07, se aclaró que la aprobación del plan de incorporación de nuevas tecnologías, presentado por los licenciatarios, en cumplimiento del artículo 3º del Decreto Nº 527/05, no implica autorización para la modificación de parámetros técnicos que correspondan a los respectivos servicios, no releva a los titulares de las licencias del cumplimiento, de los procedimientos administrativos pertinentes para la introducción de modificaciones técnicas, no autoriza la modificación de las condiciones de adjudicación de cada...

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