Aviso Oficial

Fecha de disposición10 Febrero 2009
Fecha de publicación10 Febrero 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31591

Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: 'ASOCIACION MUTUAL 30 DE OCTUBRE', Matrícula Nº BA 1651, Expediente: 239/05; 'ASOCIACION MUTUAL CARDINAL', Matrícula Nº BA 1869, Expediente: 240/05;

'ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA REGIONAL (ASOMAR)', Matrícula Nº BA 1774, Expediente:

402/05; 'ASOCIACION MUTUAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS JUSTICIA SOCIAL', Matrícula Nº BA 1739, Expediente: 505/05; 'MUTUAL DEL PERSONAL DE CALDERAS SALCOR SOCIEDAD ANONIMA', Matrícula Nº BA 1432, Expediente: 1245/05; 'ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE LA COOPERATIVA AGRICOLA GENERAL PUEYRREDON LIMITADA', Matrícula Nº BA 1549,

Expediente: 1517/05; 'ASOCIACION MUTUAL CRIADORES Y PROPIETARIOS DE ANIMALES DOMESTICOS', Matrícula Nº CF 2202, Expediente: 1630/05; 'CENTRO SOCIAL Y MUTUAL DEL PERSONAL DEL JOCKEY CLUB DE ROSARIO', Matrícula Nº SF 48, Expediente: 4138/05; designándose a la suscripta nueva instructora sumariante.

De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presente el descargo y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho (art. 1 inc. f) ap. 1 y 2 ley 19.549 (T.O. 1991), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Asimismo, hágase saber, conforme la Ley 20.321, a las autoridades del Consejo Directivo y de la Junta Fiscalizadora de la entidad sumariada, que estaban a cargo al momento de las infracciones imputadas que, de no ser desvirtuadas las mismas, podría recaer sobre ellas la medida prescripta en el art. 35 inc. b de la Ley Nº 20.321, consistente en la inhabilitación temporal o permanente para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (arts. 19, 20, 21 y 22 del decreto Nº 1759/72 T.O. 1991).

El presente deberá publicarse por TRES (3) días seguidos en el BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.

Fdo: Dra. MARIA CELESTE ECHEVERRIA, Abogada, Instructora Sumariante, INAES.

e. 10/02/2009 Nº 7439/09 v. 12/02/2009 MINISTERIO DE PRODUCCION SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS En cumplimiento...

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