Aviso Oficial

Fecha de disposición23 Enero 2009
Fecha de publicación23 Enero 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31579

Se recuerda que en caso de instrumentos denominados en pesos que no contemplen cláusulas de actualización, a efectos del cálculo del valor presente, se adicionará --como factor multiplicativo-a las tasas nominales previstas para cada período la tasa de inflación implícita que se utiliza para ajustar los flujos de activos y pasivos actualizables por CER en la determinación de la exigencia de capital mínimo por riesgo de tasa de interés.

Finalmente, les señalamos que a los fines de la determinación de los resultados distribuibles sobre instrumentos sin cotización (segundo párrafo del punto 2.1.2. de la Sección 2. de las normas sobre 'Distribución de resultados'), se aplicará la TM de 35,4% TNA, mientras que para el BOGAR 2018, se utilizará su cotización de mercado.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ENRIQUE C. MARTIN, Subgerente de Emisión de Normas. -- JOSE RUTMAN, Subgerente General de Normas e. 23/01/2009 Nº 3782/09 v. 23/01/2009 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Comunicación 'B' 9448. 08/01/2009. Ref.: Régimen Informativo de Exigencia e Integración de Capitales Mínimos Tasas rp y rme.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para poner en su conocimiento que para la información correspondiente a diciembre último, las tasas promedio de depósitos en pesos y dólares de 30 a 59 días, expresadas el tanto por uno, a aplicar en el cálculo de la exigencia de capitales mínimos en función del riesgo por variaciones de la tasa de interés, serán las siguientes:

rp = 0,1642 rme = 0,0174

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA OSCAR A. DEL RIO, Subgerente de Operación Técnico Contable. -- GUSTAVO BRICCHI,

Gerente de Gestión de la Información.

e. 23/01/2009 Nº 3783/09 v. 23/01/2009 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA Y COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE Resolución Conjunta Nº 97/2008 y 25/2008

Bs. As., 30/12/2008

VISTO el Expediente JefGabMin Ex N° 007518/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Convenio Colectivo deTrabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologadoporDecretoN°2098del3dediciembrede2008,elSistemaNacionaldelaProfesiónAdministrativa, aprobado por Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, y la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETEY GESTION PUBLICA N° del 79 de 9 de diciembre de...

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