Aviso Oficial

Fecha de la disposición23 de Enero de 2009

Solicitante: Secobra Recherches Representante legal: Nidera S.A.

Patrocinante: Ing. Agr. Gustavo Omar Vrdoljak Fundamentación de novedad: El nuevo cultivar denominado Azurel, se diferencia de la variedad Scarlett por las siguientes características:

Azurel SCARLETT Antocianinas en plántula Ausente Presente Espiga, cuello Abierto Cerrado Color a la madurez Blanco Amarillo Vaina basal, pubescencia Presente Ausente Largo de la pubescencia en el raquis Largo Corto Glumas, pubescencia Presente Ausente Pubescencia en la Raquilla Mucha Media Fecha de verificación de estabilidad: 15/7/04.

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.

AUTORIZADA SU PUBLICACION.

Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas.

e. 23/01/2009 Nº 3774/09 v. 23/01/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.

Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos , , y de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la División Rezagos y Comercialización, dependiente del Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de Buenos Aires, sito en la calle Azopardo 350, P.B. --oficina 51-- de la Nº 31.579 25

Lic. WALTER H. LÓPEZ, Firma Responsable (Int.), Depto. Asist. Administ. y Técnica de Bs. As.

e. 23/01/2009 Nº 3802/09 v. 23/01/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30)...

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