Aviso Oficial

Fecha de disposición17 Diciembre 2008
Fecha de publicación17 Diciembre 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31554

1105 del C.A.), imputándoseles el ilícito previsto en los arts. 863, 864 inc. b), 865 a) del C.A. A tal fin deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (art.1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (art. 1004 del C.A.). Téngase presente asimismo, que en caso de concurrir a estar a derecho un tercero invocando un derecho que no sea propio deberán cumplimentar lo requerido por los arts.

1030/1034 del C.A. Fdo. Dr Rodolfo O. Paita Jefe Div. Sec. Nº 5, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros (Act. 12034-1741-2005). -- Dr. RODOLFO O. PAITA, Jefe Sec. de Act. Nº 5.

e. 17/12/2008 Nº 24700/08 v. 17/12/2008 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DIRECCION REGIONAL OESTE AGENCIA Nº 14

Morón, 2/12/2008

Se hace saber que el contribuyente PRIETO JOSE BERNARDO, CUIT 20-93698233-7, con domicilio constituido en ANDEN EST. ITUZAINGO 0 de la localidad de ITUZAINGO, Provincia de Buenos Aires y, con referencia a su presentación de fecha 12/05/2005, mediante la cual solicita plan de facilidades de pago según lo establecido en la R.G. 1529/03 y sus modificaciones, incluyendo deudas provenientes de APORTES Y CONTRIBUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, períodos fiscales 2004/03 a 2005/02, por la suma de $ 1.016,04 correspondientes a Aportes RNSS y $ 1.736,13 correspondientes a Contribuciones RNSS. Que la Agencia Nro. 14 en razón de no haber dado cumplimiento a las normas establecidas en la resolución general mencionada, le comunica que el plan solicitado ha caducado por lo que se le emplaza para que proceda a ingresar en concepto de Contribuciones de Seguridad Social, la suma de pesos, MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON 67/100 ($ 1.262,67) correspondiente a capital impago y pesos NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 20/100 ($ 994,20) correspondiente a intereses resarcitorios, y a ingresar en concepto de Aportes de Seguridad Social, la suma de pesos, QUINIENTOS OCHO CON 02/100 ($ 508,02) correspondiente a capital impago y pesos TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 04/100 ($ 389,04) correspondiente a intereses resarcitorios, dichos montos surgen de la caducidad del Régimen de Asistencia Financiera, calculados al 22/07/2008. Por último se le hace saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto dará lugar a la iniciación o prosecución, según corresponda, de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado, sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder. -- Cont. Púb. JUAN ALBERTO GONZALEZ, Jefe Agencia Nº 14, AFIP - DGI.

e. 17/12/2008 Nº 24721/08 v. 23/12/2008 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS CODIGO ADUANERO (LEY 22.415) Se le hace saber que en la actuación ADGA 604.967/03, que tramita por ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, División Secretaría de Actuación Nº 1, se ha dictado la siguiente providencia: 'Buenos Aires, 21/10/08, CORRASE VISTA de todo lo actuado al Sr. RAINER HELMKE (PTE. Nº 9541276358) a quien se le imputa la presunta comisión de la infracción prevista y penada por el art. 970 del Código Aduanero en relación a la admisión temporal de vehículo mediante FAAA Nº 352.913/99. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, ubicado en HIPOLITO YRIGOYEN 460, PISO 1º,

CAPITAL FEDERAL, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta Oficina Aduanera en la forma prevista en el artículo 1013 inc. g) del Código Aduanero, ello...

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