Aviso Oficial

Fecha de la disposición24 de Octubre de 2008

AVISOS OFICIALES Anteriores PREFECTURA NAVAL ARGENTINA La Prefectura Naval Argentina notifica a las firmas IPROMA y MONTAJES Y MOVIMIENTOS S.R.L. domiciliadas en Tucumán 513 Piso 7, Depto A y Bartolomé Mitre 6588, 3er. Piso, Ofic. 309 respectivamente, ambos de la CABA y a toda persona física o jurídica con interés legítimo sobre la chata petrolera DOÑA ANGELA S (02229 ) amarrada altura Av. Pedro de Mendoza 1200 margen derecha Puerto Buenos Aires que por Disposición DJPM, DV1.Nº 78/08 conforme Artículo 17 bis Ley 20.094 se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA de la citada chata. Firmado: OSCAR ADOLFO ARCE - Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.

ROBERTO HUGO TABERES, Ayudante Principal, Encargado División Judicial y Sumarios.

e. 22/10/2008 Nº 13597/08 v. 24/10/2008 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario Nº 734, Expediente Nº 101.951/85, caratulado 'Ex Adrogue Compañía Financiera S.A.', que, mediante Resolución Nº 203 de fecha 17/10/07 el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió imponer al señor Raúl Alberto TROMBETTA (D.N.I. Nº 6.189.706) multa de $ 144.000 (pesos ciento cuarenta y cuatro mil), y al señor Héctor Arístides BORCOSQUE (D.N.I. Nº 10.209.674) multa de $ 43.000 (pesos cuarenta y tres mil) en los términos del art. 41, inc. 3, de la Ley Nº 21.526. Los importes de las multas deberán ser depositados en este Banco Central en 'CUENTAS TRANSITORIAS PASIVASMULTAS-LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS-ARTICULO 41', dentro de los 5 (cinco) días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación 'B' 9239 del 08.04.2008 -B.O. del 02.05.2008 (antes Comunicación 'A' 4006 del 26.08.2003) --podrán optar por el régimen de facilidades para el pago de las multas; toda presentación al respecto deberá dirigirse a la Gerencia Principal de Liquidaciones y Recuperos, Subgerencia de Control de Fideicomisos, con copia a la Gerencia de Asuntos Contenciosos--. De interponer recurso de apelación se deberá cumplir con el art. 2º, inc. 3º, de la Acordada 13/05 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Los escritos deberán dirigirse a la Gerencia de Asuntos Contenciosos.

Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial.

RUBEN E. CARMONA, Analista Sr. de Sustanciación...

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