Aviso Oficial

Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2008

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 18/09/2008 Nº 10296/08 v. 22/09/2008 #NCOMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES NOTIFICASE al Sr. Héctor Julio VAZQUEZ, la Resolución CNC Nº 2251/07, dictada en el Expte. Nº 6902/06, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación: Comisar un transceptor marca VERTEX, sin modelo ni número de serie (falta botón de frente), con micrófono de palma, propiedad del Sr. Héctor Julio VAZQUEZ, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a) del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos. Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 18/09/2008 Nº 10297/08 v. 22/09/2008 COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES NOTIFICASE al Sr. Javier QUINTANA, la Resolución CNC Nº 2182/07, dictada en el Expte.

Nº 9599/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación: Hacer lugar al Recurso de Reconsideración planteado por el señor Oscar Daniel BAEZ, contra la Resolución CNC Nº 3324/2006, por los motivos expuestos en los considerandos. Modificar el artículo 1º de la Resolución CNC Nº 3324/2006 en su parte pertinente el que quedará redactado con el siguiente texto: ARTICULO 1º.- Comisar un transceptor marca KENWOOD, modelo TM-261, número de serie 91100757, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Javier QUINTANA, por los motivos expuestos en los considerandos. Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 (T.O. 1991), en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor...

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